La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense ha condenado a una madre a pagar una multa de 810 euros por no llevar a su hijo, nacido en 2004, a clase durante el curso 2020-2021 alegando que tenía “miedo” a contagiarse de la COVID-19. En la sentencia, la jueza considera probado que la acusada, que ha sido considerada responsable de un delito de abandono de familia del artículo 226.1 del Código Penal, incumplió “los deberes de asistencia a los que estaba legalmente obligada respecto del hijo menor de edad a su cargo”, pues “con pleno conocimiento, consintió que no asistiera de forma regular a las clases del centro de enseñanza en el que cursaba Educación Secundaria Obligatoria, presentando un importante absentismo escolar injustificado durante el curso escolar 2020-2021, que asciende al 100 %, y también numerosas faltas de asistencia no justificadas durante el curso escolar 2021-2022”.
En la resolución, destaca que el personal educativo del centro “mantuvo los correspondientes contactos con la denunciada a fin de informarle de la obligatoriedad de la escolarización de su hijo durante el curso escolar 2020-2021”, así como que la situación del menor fue analizada por la comisión provincial de Ourense de seguimiento ante las posibles situaciones de absentismo con origen en la COVID-19, celebrada el día 18 de enero de 2021, apreciando una posible situación de vulnerabilidad del menor.
La magistrada asegura que ha quedado acreditado “tanto el absentismo del menor a las clases, por encima del reglamentariamente permitido, como la voluntariedad por parte de la madre en la decisión de no llevar a su hijo al colegio y la persistencia de la acusada en su decisión, a pesar de haber sido advertida por la tutora en dos ocasiones”. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense.