Publicamos Bando de Alcaldía, en relación a la tenencia de gallinas de autoconsumo en los domicilios particulares e informamos de la tramitación a seguir según la normativa que regula esta actividad en Castilla-La Mancha.
La Consejería de Agricultura ha acordado la obligatoriedad de dar de alta las explotaciones avícolas de autoconsumo en Castilla La Mancha, requiriendo a los Ayuntamientos que informemos a las personas interesadas en este asunto, en base al Decreto 69/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las normas para la ordenación y registro de explotaciones ganaderas y núcleos zoológicos en Castilla-La Mancha.
NO ES NECESARIO la autorización del Ayuntamiento, ni inspección, ni informe favorable. Únicamente modelo de solicitud correctamente cumplimentado y pago de la tasa.
De acuerdo a la tabla del Anexo I del Real Decreto 637/2021 se consideran EXPLOTACIONES DE AUTOCONSUMO las explotaciones de aves de corral con número inferior a 30 gallinas o los equivalentes a 0,15 UGM si hay diferentes aves de corral, y siempre que no se comercialicen sus producciones.
Para solicitar el alta en el registro de una explotación de autoconsumo de aves de corral, deberá presentar:
- Modelo de solicitud de alta en registro
- Justificante pago tasa de 15,36 € (Modelo 046)
Si el titular de la explotación va a ser una persona física, se podrá presentar de forma presencial en la Oficina Comarcal Agraria de Madridejos, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, y opcionalmente de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la JCCM https://www.jccm.es/tramites/1002004
En caso de que el titular sea una persona jurídica se deberá presentar obligatoriamente de forma telemática a través del enlace de la página de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indicado.