Pedaleando entre riesgos: Salud laboral de riders y repartidores digitales (LADEP)

Cuando el algoritmo marca el ritmo

En las calles de nuestras ciudades, los riders y repartidores de plataformas como Glovo, Uber Eats o Amazon Flex recorren kilómetros cada día, expuestos a condiciones climáticas extremas,riesgos de tráfico y una presión constante por cumplir tiempos de entrega. Aunque estos trabajadores resultan esenciales para sostener la economía de la inmediatez, su vínculo laboral -en muchos casos camuflado como falsos autónomos- dificulta su acceso a una protección real en Prevención de Riesgos Laborales (España, 1995).

La Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2021), en su informe World Employment and Social Outlook 2021 (dpf), identifica el trabajo en plataformas digitales como un grupo profesional emergente, cuyas condiciones requieren un enfoque específico en salud y seguridad laboral. Lejos de la imagen informal del repartidor joven y flexible, nos encontramos con un colectivo marcado por la precariedad, la ausencia de condiciones laborales básicas y un modelo algorítmico que impone un control invisible pero constante (Martín Artiles, 2021).

Testimonios desde la trinchera urbana

Los relatos de quienes trabajan sobre dos ruedas para sostener la economía de la inmediatez reflejan una realidad marcada por el estrés constante, la exposición física y la falta de protección.

  • “He llegado a hacer turnos de 12 horas. El calor, la lluvia, el tráfico… nada importa. Lo que importa es no bajar en el ranking. Rider entrevistado por eldiario.es (2021).
  • “Trabajo incluso con fiebre. Si no salgo a la calle, no ingreso nada. Y si no hago pedidos durante varios días, me penalizan”. Hassam, rider entrevistado por El Salto Diario (2021).
  • “No hay manera de descansar: si no estás conectado, no cobras, y si descansas mucho, te bajan de nivel». Repartidora entrevistada en Pikara Magazine (2020).
  • “Después de un accidente, ni siquiera preguntaron cómo estaba. No hay seguro, no hay mutua, no hay nada». Testimonio recogido en Radiografía del trabajo en plataformas digitales (Fundación 1º de Mayo, 2021).

Estos testimonios, tomados de diferentes fuentes periodísticas y sindicales, no son casos aislados. Reflejan patrones estructurales que se repiten en toda España: largas jornadas sin descansos, penalizaciones invisibles, accidentes sin cobertura y miedo a desconectarse. Un sistema que convierte el trabajo en un juego de puntuación algorítmica, pero cuyas consecuencias son profundamente humanas.

Enfermedades profesionales que acechan en silencio

Aunque el Real Decreto 1299/2006 no incluye de forma específica las patologías derivadas del trabajo en plataformas digitales, las condiciones de reparto cumplen todos los criterios para originar enfermedades profesionales (España, 2006). Diversos informes e investigaciones confirman un patrón claro de exposición continuada a riesgos físicos, climáticos y organizativos que afectan directamente a la salud de los repartidores.

  • Trastornos músculo-esqueléticos. Las posturas forzadas, la carga repetitiva de peso y el uso prolongado de bicicletas o motocicletas sin ergonomía adecuada provocan lumbalgias, tendinitis y lesiones cervicales. Según el informe de la Fundación 1º de Mayo (2021), la mayoría de los riders manifiesta molestias físicas persistentes, especialmente en la espalda y las extremidades, relacionadas con el esfuerzo físico acumulado y la falta de pausas regulares.
  • Estrés térmico. Los riders están sometidos a condiciones ambientales extremas sin protección adecuada. La OIT (2021) documenta que los trabajadores de plataformas están expuestos a entornos de trabajo físicamente exigentes, con escaso margen de decisión y sin mecanismos de regulación frente a calor, lluvia o frío. Estos factores aumentan el riesgo de deshidratación, síncope, golpes de calor e hipotermia, especialmente en jornadas extensas sin descansos programados.
  • Riesgo cardiovascular. El esfuerzo físico intenso, combinado con la fatiga acumulada y la presión por cumplir tiempos estrictos, puede afectar al sistema cardiovascular. La OMS y la OIT (2022) advierten que las largas jornadas sin recuperación aumentan el riesgo de hipertensión, arritmias y enfermedades coronarias, especialmente entre trabajadores con bajo control sobre su actividad y alta demanda laboral.
Condición laboral Riesgo principal Enfermedad asociada
Exposición a calor o frío extremo Estrés térmico Golpe de calor, hipotermia
Pedaleo o conducción prolongada Sobrecarga biomecánica Lumbalgias, tendinitis
Falta de EPI y formación vial Riesgo de accidente Fracturas, contusiones, siniestros
Trabajo sin pausas Fatiga crónica Riesgo cardiovascular, agotamiento

Accidentes laborales graves

Según el informe ‘Radiografía del trabajo en plataformas digitales de reparto’ elaborado por la Fundación 1º de Mayo (2021), el 55% de los riders encuestados afirma haber sufrido algún tipo de accidente laboral durante su actividad. De estos, más del 20% asegura que no recibió ningún tipo de asistencia médica ni cobertura de la empresa, a pesar de que el incidente ocurrió durante la jornada. Estos datos evidencian una tendencia alarmante: los repartidores no solo están expuestos a riesgos físicos constantes, sino que carecen de los mecanismos mínimos de protección posteriores al accidente, como seguros obligatorios, mutuas o asistencia legal.

Esta situación se agrava en contextos donde el vínculo laboral es débil o inexistente, lo que permite a las plataformas eludir sus responsabilidades en prevención y respuesta. El reciente caso del rider atropellado mortalmente en Madrid en mayo de 2024 (FESMC-UGT, 2024) vuelve a poner de manifiesto que la siniestralidad en el sector no es un problema individual, sino estructural.

Ley Rider, pero ¿para quién?

En mayo de 2021, se aprobó en España el Real Decreto-ley 9/2021, conocido como Ley Rider, que modificó el Estatuto de los Trabajadores para reconocer como laborales las relaciones entre plataformas digitales y sus repartidores, e introdujo el derecho a conocer el funcionamiento de los algoritmos que condicionan sus condiciones laborales (España, 2021).

Sin embargo, su implementación ha sido parcial. Según datos de la Inspección de Trabajo y UGT (2022), más del 60% de los riders continúan fuera del Régimen General, operando a través de subcontratas, flotas externas o como falsos autónomos. Esta situación dificulta su acceso a medidas preventivas obligatorias, como la vigilancia de la salud, los EPIs o la formación en PRL. La figura del trabajador digital, pese a estar expuesto a riesgos laborales tangibles, sigue atrapada en una laguna normativa que impide el reconocimiento efectivo de sus derechos preventivos.

Prevenir es posible: buenas prácticas y propuestas

Algunos países europeos ya han comenzado a aplicar medidas preventivas específicas para proteger a los repartidores digitales. En Francia se ha reconocido su relación laboral con las plataformas, lo que ha permitido exigir cotizaciones y derechos preventivos. En Países Bajos, el seguro obligatorio de accidentes y los límites de jornada buscan evitar la sobreexposición, mientras que en Italia existe un convenio colectivo que contempla cláusulas de seguridad y salud.

En el caso español, es urgente dotar a los riders de equipos de protección adecuados -cascos, ropa reflectante, mochilas ergonómicas-, así como asegurar pausas durante la jornada y zonas de descanso, especialmente en condiciones climáticas extremas. También es necesaria la formación previa en seguridad vial y la evaluación psicosocial de la presión algorítmica, que afecta directamente a la salud mental. Garantizar el acceso a mutuas, seguros de accidente y vigilancia de la salud, independientemente del tipo de contrato, no debería depender de la voluntad de la plataforma. Prevenir los riesgos del trabajo digital no es una medida excepcional: es una obligación que aún está por cumplirse.

Las dolencias que afectan a los repartidores digitales no son accidentes aleatorios, sino la consecuencia previsible de un entorno de trabajo sin medidas preventivas reales. Existen precedentes normativos -como el transporte o la mensajería tradicional- que pueden ampliarse al trabajo de plataformas (España, 2006). Reconocer sus enfermedades como profesionales no es solo una medida reparadora, sino una puerta a la prevención eficaz y a la dignidad laboral (OIT, 2021).

Conclusión: ¿Cuánto más puede esperar la ley?

Los riders recorren nuestras calles para sostener una economía digital que les ofrece poco a cambio. Mientras reparten pedidos bajo el sol, la lluvia o el tráfico, sus riesgos se acumulan sin protección. No hablamos de excepciones, sino de una exposición sistemática a enfermedades físicas, trastornos mentales y siniestros viales, en condiciones laborales que no solo rozan la ilegalidad, sino que vulneran principios básicos de salud pública y dignidad humana. El problema no es nuevo, ni invisible. Hay estudios, datos, sentencias y, lo más importante, vidas marcadas por la desprotección. Los repartidores digitales no son “colaboradores”, ni “emprendedores individuales”: son trabajadores cuya actividad genera beneficios directos a empresas que se escudan en la tecnología para eludir sus obligaciones legales.

Reconocer la enfermedad profesional, aplicar protocolos de prevención, garantizar el acceso a EPIs y seguros, exigir formación vial o evaluar la presión algorítmica no debería ser una utopía, sino un mínimo laboral exigible. La prevención, como principio fundamental de la salud laboral, debe llegar a quienes más la necesitan, no a quienes más fácil resulta ignorar. ¿Cuánto más puede esperar la ley para alcanzar a quienes ya van con retraso en derechos laborales?

Bibliografía