A partir del 1 de enero de 2025 se aplicarán cambios en la cotización de Seguridad Social de acuerdo con la Ley General de Seguridad Social.
Desde el 1 de enero de 2025, conforme a la disposición del artículo 19 bis de la Ley General de Seguridad Social, deberá efectuarse una nueva cotización adicional de solidaridad con el sistema público de pensiones. Esta nueva cuota sólo afecta a las personas trabajadoras que superan la base máxima establecida para este 2025 (4.909,50€). La cotización de la diferencia entre la retribución de la persona y estos 4.909,50€ se distribuye en 3 tramos:
- Tramo 1 (hasta el 10% de los 4.909,50): 0,15% a cargo de la persona trabajadora y 0,77% a cargo de la Universidad.
- Tramo 2 (entre el 11% y hasta el 50% de los 4.909,50): 0,17% a cargo de la persona trabajadora y 0,83% a cargo de la Universidad.
- Tramo 3 (entre el 51% y hasta el 100% de los 4.909,50): 0,19% a cargo de la persona trabajadora y 0,98 a cargo de la Universidad.
Estos porcentajes se irán incrementando cada año hasta el año 2045.
Por otra parte, también en este ejercicio 2025, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (cuota MEI) se establece -de acuerdo con la Ley General de Seguridad Social- en un 0,8% (0,67 % a cargo de la Universidad y 0,13% a cargo de la persona trabajadora).