- Los auditores de la UE observan riesgos significativos de abuso
- Debido a una supervisión inadecuada, los Estados miembros no pueden garantizar la recaudación del importe correcto del IVA
- El marco regulador de la UE presenta lagunas e incoherencias, y la cooperación para luchar contra los abusos es insuficiente

Los intereses financieros de la UE y el mercado único no están suficientemente protegidos contra el fraude del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en las importaciones cuando se utilizan regímenes aduaneros simplificados de importación. Esta es la conclusión de un nuevo informe publicado por el Tribunal de Cuentas Europeo (el Tribunal). Los controles efectuados por los Estados miembros adolecen de graves insuficiencias. También existen deficiencias en la cooperación en el ámbito de la UE y entre los Estados miembros para luchar contra el abuso de estos regímenes.
Respecto a las mercancías importadas, el IVA se devenga cuando las mercancías entran en la unión aduanera de la UE, y el importe adeudado se establece en función de las declaraciones en aduana. El fraude del IVA en las importaciones falsea la competencia en el mercado único y tiene un impacto negativo tanto en las finanzas de la UE como en las de los Estados miembros. Los auditores constataron que los regímenes aduaneros simplificados de importación (para más detalles, véase la «información de referencia») son especialmente vulnerables a este tipo de fraude.
«Las medidas en vigor no son suficientes para prevenir y detectar el fraude del IVA en las importaciones cuando se utilizan regímenes aduaneros simplificados de importación. El valor de las mercancías importadas al amparo de estos regímenes es significativo, y el riesgo de abuso debido a prácticas fraudulentas es elevado», afirma François-Roger Cazala, Miembro del Tribunal responsable de la auditoría. «Debe mantenerse un equilibrio adecuado entre la facilitación del comercio y la necesidad de proteger los intereses financieros de la UE».
Los auditores encontraron lagunas e incoherencias en el marco regulador de la UE para los regímenes aduaneros simplificados de importación, y en la forma en que la Comisión Europea supervisa dicho marco. Recomiendan que se introduzcan y apliquen normas homogéneas. Por ejemplo, no existen normas armonizadas para regular las funciones de los representantes fiscales y, en los países de la UE visitados, los auditores observaron enfoques divergentes con respecto a la invalidación de los números de identificación a efectos del IVA, así como incoherencias entre la situación de los números de IVA y la de los números de registro e identificación de los operadores económicos («EORI», por sus siglas en inglés). Esto significa que los operadores que infringen las normas del IVA pueden seguir realizando operaciones aduaneras. Además, las sanciones y multas difieren significativamente de unos Estados miembros a otros.
Asimismo, los auditores detectaron graves insuficiencias en los controles que los Estados miembros realizan de los regímenes simplificados del IVA para las importaciones. Por ejemplo, los auditores constataron pérdidas significativas en la recaudación del IVA en la muestra de importaciones que examinaron, y no encontraron ninguna garantía de que las mercancías se hubiesen transportado del Estado miembro de importación a otro Estado miembro para su venta, lo que constituye una condición para conceder la exención del IVA a la importación en la UE. Los auditores concluyen que las pruebas del transporte de dichas mercancías deberían recabarse en el momento de la importación. Los auditores detectaron también varios casos de infravaloración de productos (y, por tanto, también del IVA) por parte del importador, principalmente en el caso de teléfonos inteligentes, productos textiles, calzado y joyas. Las limitaciones en el acceso a los datos hacen que sea extremadamente difícil comparar la base imponible de las mercancías importadas (declaraciones en aduana) y la de las ventas realizadas en los distintos Estados miembros, pese a que las desviaciones significativas (y, por tanto, sospechosas) entre esas bases imponibles deberían investigarse. Aunque algunas de las insuficiencias detectadas se abordarán en una serie de propuestas legislativas, los auditores advierten de que persiste el riesgo de abuso.
Los auditores también hallaron deficiencias en la cooperación entre los Estados miembros y en el ámbito de la UE, de modo que los sistemas para combatir los abusos pueden llevar mucho tiempo y ser ineficaces. A pesar de las recomendaciones formuladas en auditorías anteriores, el intercambio de datos sigue siendo un problema, en particular entre las administraciones tributarias y aduaneras de los distintos Estados miembros.
Información de referencia
Según los auditores, existen dos regímenes simplificados de IVA a la importación que conllevan un riesgo significativo de abuso (la Comisión estima el valor correspondiente de las mercancías importadas en torno a los 260 000 millones de euros entre 2021 y 2023): uno se conoce como «despacho a libre práctica» o «régimen aduanero 42» y exime de la recaudación del IVA sobre las mercancías importadas de terceros países a un Estado miembro de la UE cuando están destinadas a ser comercializadas en otro. El otro régimen se denomina «ventanilla única para las importaciones» («IOSS», por sus siglas en inglés) y es una exención del IVA en virtud de un régimen especial para el comercio electrónico de bienes importados a la UE desde terceros países.