Prevenir desde el escritorio
Las redes sociales y las plataformas de streaming han abierto un nuevo campo laboral: el de las personas que crean contenido digital como actividad profesional. Desde editores y divulgadores hasta influencers y streamers, miles de trabajadores ejercen su actividad frente a una pantalla durante largas jornadas, en condiciones que —aunque invisibles— pueden ser origen de diversas enfermedades profesionales físicas.
Estos profesionales, que en su mayoría son autónomos o freelance, no cuentan con un empleador que evalúe sus riesgos, supervise su salud laboral o les proporcione medidas preventivas. La informalidad de sus entornos de trabajo —habitaciones particulares, sets improvisados, estudios caseros— los sitúa fuera del alcance de la normativa clásica de Prevención de Riesgos Laborales, pese a que sus tareas incluyen movimientos repetitivos, posturas mantenidas, sobreesfuerzos y exposición constante a pantallas.
Influencers, streamers, editores: ¿quiénes son los creadores digitales?
El grupo profesional de creadores digitales abarca desde personas que producen vídeos para redes como TikTok, Instagram o YouTube, hasta streamers de videojuegos, diseñadores gráficos, podcasters o especialistas en edición de contenido. Este colectivo desarrolla su actividad profesional frente al ordenador durante jornadas que pueden superar las 6 a 12 horas diarias, combinando tareas como la edición de vídeo, el retoque de imágenes y la preparación técnica del contenido, a menudo complementadas con emisiones en directo prolongadas que se realizan sin pausas estructuradas, lo que implica un uso constante de dispositivos como ratón, teclado, mandos de juego o pantallas táctiles, y que en algunos casos se amplía a la grabación de material con cámaras portátiles o estabilizadores durante largos periodos de tiempo, todo ello en condiciones ergonómicas que rara vez han sido evaluadas o adaptadas profesionalmente.
Enfermedades profesionales más frecuentes Las tareas que desarrollan los creadores digitales, como el uso continuado de teclado, ratón, cámaras o dispositivos táctiles en jornadas prolongadas, dan lugar a diversas dolencias musculoesqueléticas y visuales, muchas de ellas reconocidas como enfermedades profesionales en la normativa española.
El síndrome del túnel carpiano y la tenosinovitis de De Quervain, asociadas a movimientos repetitivos de muñeca y mano, están incluidas en el Real Decreto 1299/2006, Grupo 2.C.1.a, como enfermedades profesionales vinculadas a tareas manuales reiteradas. La NTP 602 del INSST profundiza en su relación con el trabajo en pantalla y la falta de pausas (INSST, 2001) En ese mismo grupo se reconoce también la epicondilitis o “codo de tenista”, frecuente en editores o diseñadores que mantienen el brazo en tensión o usan tabletas gráficas sin soporte adecuado.
Por otro lado, la fatiga visual digital, reconocida como Computer Vision Syndrome por la American Optometric Association (AOA), no figura en la normativa española, aunque su sintomatología — visión borrosa, escozor ocular, cefalea— es habitual en quienes trabajan frente a pantallas sin pausas visuales ni ajustes lumínicos.
Finalmente, algunas actividades como el uso prolongado de cámaras portátiles o estabilizadores pueden generar neuropatías por vibración o compresión mecánica, sí contempladas como enfermedad profesional en el RD 1299/2006, Grupo 2.B.1. La NTP 963 del INSST recoge estos riesgos cuando se manipulan equipos que transmiten vibraciones al sistema mano-brazo durante largos periodos.
Testimonios reales desde el entorno digital
“Cuando tenía 25 años, mi zona lumbar comenzó a sufrir espasmos de dolor. Tenía que cortar transmisiones para acostarme y tratar de detener los espasmos en las piernas.” — Samuel Earney (IAmSp00n), streamer en Twitch Wired, 2023
“Después de cada directo de 5 horas, me dolía la muñeca y empecé a perder sensibilidad en los dedos. Me diagnosticaron síndrome del túnel carpiano.” — Usuario de Reddit en Twitch Reddit, 2024
¿Por qué no se reconocen como enfermedades profesionales?
El Real Decreto 1299/2006 establece el cuadro de enfermedades profesionales reconocidas por el sistema de la Seguridad Social en España. Muchas de las afecciones descritas están incluidas (por ejemplo, tenosinovitis, epicondilitis o fatiga visual), pero su reconocimiento requiere que la actividad se desarrolle por cuenta ajena, y en condiciones evaluadas por un servicio de prevención.
En el caso de los creadores digitales, al no existir empleador ni vigilancia médica reglada, no se activa el proceso de notificación ni evaluación del daño derivado del trabajo, lo que deja sus dolencias sin registro ni tratamiento adecuado. Y todo ello, a pesar que desde el 1 de enero de 2019 los trabajadores autónomos en España están obligados a cubrir la contingencia de accidente de trabajo y enfermedad profesional, por la que deben cotizar a la Seguridad Social.
Marco normativo: ¿qué dice la Ley de Influencers?
El Real Decreto 444/2024, conocido como “Ley de Influencers”, regula desde julio de 2024 la actividad de los creadores de contenido de especial relevancia en plataformas como YouTube, Twitch o TikTok. Aunque esta norma establece obligaciones en materia de transparencia, publicidad y protección de menores, no incluye ninguna mención específica a la Prevención de Riesgos Laborales. En efecto, el texto legal no obliga a identificar ni evaluar riesgos físicos, ni contempla la formación preventiva ni la vigilancia de la salud de quienes desempeñan esta actividad. Esto refuerza la desprotección estructural de este colectivo que, a pesar de desarrollar un trabajo técnico, repetitivo y exigente, queda fuera del marco normativo en salud laboral por tratarse, en la mayoría de los casos, de trabajadores autónomos o sin empleador identificado.
Prevenir es posible: pautas para una ergonomía digital Las siguientes medidas no están recogidas de forma obligatoria en una única norma legal, pero derivan de buenas prácticas ampliamente recomendadas por el INSST, la American Optometric Association y guías internacionales de ergonomía en entornos digitales: El uso de periféricos ergonómicos como ratones verticales, teclados adaptados y alfombrillas con soporte está aconsejado para minimizar la tensión en muñeca y antebrazo; del mismo modo, disponer de sillas ajustables con soporte lumbar, pantallas a la altura de los ojos y escritorios regulables contribuye a prevenir dolores cervicales y dorsales; para la fatiga visual, se recomienda aplicar el método 20- 20-20 —mirar cada 20 minutos algo a 20 pies (6 metros) durante 20 segundos— como estrategia preventiva; programar pausas activas cada hora, alternar tareas técnicas con actividades físicas o creativas y formarse en higiene postural son pautas esenciales, especialmente entre autónomos sin acceso a servicios de prevención, quienes pueden recurrir a mutuas o asociaciones sectoriales para acceder de forma voluntaria a revisiones médicas o asesoramiento ergonómico.
Conclusión: ¿Y si dejar de crear se convierte en necesidad médica?
Los creadores digitales constituyen un colectivo profesional real, aunque aún invisibilizado por la normativa. Su entorno de trabajo no es inocuo: están expuestos a enfermedades físicas progresivas, vinculadas a sobreesfuerzos, repeticiones, posturas mantenidas y exposición constante a pantallas. Reconocer estas dolencias como enfermedades profesionales cuando hay exposición continuada, falta de prevención y daño funcional es una necesidad. El trabajo digital también requiere prevención analógica.
Bibliografía
- Real Decreto 1299/2006. Cuadro de enfermedades profesionales.
- INSST. NTP 602. El diseño ergonómico del puesto de trabajo con pantallas de visualización: el equipo de trabajo.
- INSST. NTP 963. Vibraciones: vigilancia de la salud en trabajadores expuestos
- INSST. Autónomos y PRL
- American Optometric Association. Computer Vision Syndrome.
- Wired. Twitch Streamer Health Breaks Down.
- Reddit. r/Twitch testimonios.
- Real Decreto 444/2024. Regulación de usuarios de especial relevancia.
- Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.