La Junta saca a exposición pública el proyecto de Decreto que regula el teletrabajo de su personal

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica la resolución por la que el proyecto de Decreto que regulará el trabajo a distancia y no presencial en la Administración Pública andaluza estará sometido a la fase de exposición pública para la presentación de alegaciones y observaciones desde mañana y durante 15 días hábiles. El objetivo del texto es regular el teletrabajo con la finalidad de seguir avanzando en la modernización de la Administración y como fórmula para una mejor organización del trabajo, reforzando el desempeño por objetivos y su cumplimiento.

El Decreto de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, que ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales con un amplio consenso, desarrolla la nueva Ley de Función Pública que recoge en su articulado esta modalidad de trabajo. Esta norma supone un paso decisivo en la modernización de la función pública andaluza, al establecer un sistema de prestación de servicios a distancia basado en la planificación, evaluación del desempeño y orientación a resultados. El objetivo es compatibilizar la eficiencia administrativa con una mayor flexibilidad de la jornada laboral para el personal empleado público y contribuir a la sostenibilidad ambiental con la reducción del número de desplazamientos.

El texto (https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/583228.html) fija en sus 48 artículos y disposiciones la regulación del teletrabajo, que solo podrá realizarse en puestos cuya naturaleza lo permita, bajo criterios de autonomía, digitalización y evaluación objetiva del rendimiento. Además, será voluntario, reversible y sometido a evaluación periódica.

El teletrabajo tendrá un carácter general, pero el decreto también establece una serie de condiciones excepcionales por las que el personal podrá acogerse a esta modalidad, como por motivos de salud, violencia de género o necesidades organizativas. La Administración establecerá en las relaciones de puestos de trabajo aquellos que son susceptibles de realizarse a distancia.

Para ello, cada persona teletrabajadora deberá contar con autorización previa mediante resolución y esta condición se ostenta durante el tiempo que establezca la resolución y mientras que se ocupe el puesto que se está desempeñando. Cada empleado contará con personal superior jerárquico encargado de su supervisión y con la que consensuará los objetivos y metas de trabajo a desempeñar, que quedará plasmado en un documento de compromisos. El incumplimiento de este compromiso puede dar lugar a la retirada del teletrabajo, siempre de forma motivada.

Las personas que teletrabajan mantendrán los mismos derechos en materia de retribuciones, jornada, formación, promoción profesional y representación sindical que quienes trabajan presencialmente, así como los mismos deberes.

En cuanto al porcentaje de la jornada laboral que se podrá realizar en teletrabajo, el Decreto establece que nunca podrá ser inferior al 20% ni superior al 60% del cómputo semanal. No obstante, cuando el Decreto entre en vigor su aplicación será en un máximo de un 40% de la jornada laboral, que se podrá extender hasta el máximo del 60% si así lo autoriza el Consejo de Gobierno previo estudio de su aplicación y cumplimiento de objetivos y prestación del servicio público.

Asimismo, el texto garantiza el respeto a la vida personal y al descanso, estableciendo pausas visuales y evitando la hiperconectividad para lo que establece que las personas teletrabajadoras tendrán derecho a la desconexión digital.

La norma también contempla la creación de comisiones paritarias de seguimiento, integradas por representantes de la Administración y las organizaciones sindicales, para asegurar su correcta implantación y evolución.

Con esta medida, la Junta de Andalucía refuerza su compromiso con una función pública moderna, eficiente y orientada a las personas, adaptada a los retos tecnológicos y sociales del presente.

El texto también podrá consultarse en el Portal de Transparencia y las alegaciones podrán presentarse en el Registro Electrónico Único (https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml).