La ciudadanía puede acogerse a dos deducciones fiscales en materia de vivienda por ingresos por renta del alquiler y por obras de rehabilitación energética

Fachada de un edificio de apartamentos
Fachada de un edificio de apartamentos

La ciudadanía podrá acogerse a dos deducciones fiscales en materia de vivienda en el marco de la campaña de la Renta 2025, que empieza el próximo 2 de abril.

Deducciones por rentas del alquiler

Según lo dispuesto en la Ley por el Derecho a la Vivienda, los contribuyentes que tengan una vivienda alquilada en una zona tensionada podrán deducirse hasta el 90% de los ingresos del alquiler si han bajado el precio del alquiler un 5% en relación con el contrato anterior.

De esta manera, por poner un ejemplo, un alquiler en Sants (Barcelona) con una renta mensual de 1.100€, el arrendador tendrá, aproximadamente, 700€ anuales más de beneficio neto por el alquiler de la vivienda -una vez descontados los gastos deducibles aproximados, un tipo marginal del 37% en el IRPF y los ingresos que deja de percibir por la rebaja del precio del alquiler-; y el inquilino se ahorrará, al mismo tiempo, 660€ anuales en el pago de su alquiler.

En las zonas tensionadas, los arrendadores se podrán deducir el 70% de las rentas si su vivienda está alquilada a jóvenes de entre 18 y 35 años. Lo que, en el caso del ejemplo anterior y con las mismas condiciones, supondría un ahorro de 680 € anuales para el arrendador.

En el resto del territorio, la bonificación por alquiler residencial se quedará en el 50%, a excepción de viviendas arrendadas en las que se hayan acometido obras de rehabilitación, donde se aplica una reducción del 60%.

También se aplicará el 70% de reducción en el caso de viviendas cedidas o arrendadas a la Administración pública o entidades del tercer sector, o acogidas a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.

La reducción del 60% supondría un ahorro anual de 340€ al arrendador, utilizando las mismas condiciones que en los ejemplos anteriores, y la del 70% sería de 680€ anuales.

Bonificaciones fiscales por rehabilitación energética de la vivienda habitual

La ciudadanía puede acogerse a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. Las deducciones son las siguientes:

  • Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.
  • Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 7.500 € anuales.
  • Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finaliza el 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.

En el período de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023, se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas y que han supuesto un ahorro de 319,70 millones de euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Dichos datos, reflejan la concienciación creciente de la ciudadanía con la rehabilitación energética de las viviendas para reducir el consumo de combustibles fósiles, que se observa en la evolución que han tenido dichas deducciones. En el año 2021 se presentaron un total de 2.535 declaraciones, pasando a 55.761 en el año 2022 y elevándose dicha cifra hasta las 110.940 del año 2023, lo que da un total de 169.236 declaraciones las presentadas en los tres años de aplicación.

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