La Audiencia de Granada confirma que debe investigarse en Italia la denuncia de malos tratos del hijo menor de Juana R.

Granada, 11 de junio de 2025.-

La Audiencia Provincial de Granada ha confirmado el auto del Juzgado de Instrucción número 9 de Granada que acordó el pasado mes de febrero la remisión del expediente judicial del hijo menor de Juana R. a la Corte de la ciudad italiana de Cagliari para que se sigan investigando los presuntos malos tratos que el menor habría recibido de su padre, que ostenta la custodia por decisión judicial.

El auto emitido el pasado 21 de marzo por la Sección Segunda de la Audiencia resuelve de forma definitiva el recurso presentado por la madre y el hermano del menor, quienes habían insistido en que fuera el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Granada el encargado de investigar los presuntos malos tratos sufridos en la localidad de Cagliari. Y ello porque consideraban que los hechos denunciados constituirían un delito continuado en el que las víctimas no solo eran el menor, sino también la propia madre, en un caso por transferencia de violencia vicaria de los daños físicos y psíquicos inflingidos al menor por parte de su padre y, por tanto, competencia de un juzgado especializado en violencia de género en el lugar de residencia de la víctima.

La Audiencia rechaza esta pretensión al recordar que los hechos expuestos en la denuncia interpuesta ante el Juzgado de Guardia que acordó la permanencia del menor en Granada se referían únicamente a malos tratos hacia el menor. «En ninguna parte de la misma se alude a la circunstancia de que la intención del denunciado fuese la de causar, de manera directa o indirecta, mediante esos malos tratos y amenazas lesión alguna a la señora R.», subrayan los magistrados.

El auto explica que los supuesto hechos tuvieron lugar en territorio italiano y que la madre «habría tenido conocimiento de los mismos una vez que el menor vino a España» durante las vacaciones de Navidad y «en ningún momento» el menor explicó a la magistrada de guardia que su padre le ordenara contar los malos tratos a su madre para «causarle el daño psicológico a que hace referencia».

Finalmente, el auto recuerda que el Juzgado de Violencia de Granada acordó el sobreseimiento de la denuncia interpuesta por la madre y el hermano del menor y que la Sección Civil de la Corte de Apelación de Cagliari dictó un decreto el 30 de enero de 2025 con el fin de «ordenar que Juana R. disponga de inmediato que el menor D. A. R. regrese a Caloforte a la residencia de su padre».

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