Se convoca la Segunda Edición del concurso para emprendedores “Consuegra Emprende “ 2025, que tiene como objetivo reconocer, apoyar y dar visibilidad a las personas emprendedoras y empresas más innovadoras y con mayor potencial de crecimiento de Consuegra.
¿Tienes una idea de negocio innovadora? ¡Este es tu momento!
El ganador del concurso recibirá un premio de 1.000 euros para impulsar su proyecto y hacerlo realidad. Esta es tu oportunidad para brillar y contribuir al crecimiento de nuestra ciudad con tus ideas.
Plazo de inscripción del 3 de marzo al 31 de junio de 2025 ¡Inscríbete y demuestra tu potencial!
Información en: https://aytoconsuegra.es/, y en la Oficina de Promoción Empresarial del Ayuntamiento de Consuegra promocionempresarial@aytoconsuegra.es
“II EDICIÓN CONCURSO CONSUEGRA EMPRENDE” 2025
BASES DE LA II EDICIÓN DEL CONCURSO “CONSUEGRA EMPRENDE” CONVOCADO POR EL AYUNTAMIENTO DE CONSUEGRA.
OBJETO
El objeto de las presentes bases es establecer las normas que habrán de regir el CONCURSO de selección del MEJOR PROYECTO EMPRESARIAL de Consuegra 2025.
Este concurso se convoca por la Concejalía de Hacienda Publica Promoción empresarial, economía y Fondos Europeos del Ayuntamiento de Consuegra, con el objetivo general de implantar un mecanismo local para incentivar la creación de empresas en la localidad.
BENEFICIARIOS
El concurso está dirigido a personas físicas o jurídicas que hayan concebido un proyecto empresarial ubicado en Consuegra con perspectivas de materializarse, y que suponga el fomento de la actividad productiva, la competitividad, la calidad, excelencia e innovación y diversificación del tejido empresarial local existente. También podrán ser beneficiarios las empresas constituidas desde el 1 de enero de 2025 y hasta la fecha que finalice el plazo de presentación de proyectos.
Los beneficiarios se obligan a crear una nueva empresa, o a ponerla en marcha en caso de que estuviera creada, conforme a la memoria del proyecto premiado, en el plazo máximo de doce meses a contar desde la fecha de concesión del premio. Así mismo, también quedarán obligados al mantenimiento de actividad durante seis meses.
Se tomará como fecha de concesión, la de publicación del premiado en la web del Ayuntamiento de Consuegra.
En el caso de que se proceda a cambiar la forma jurídica de la empresa, respecto a la establecida en la Memoria, deberá ser comunicado con antelación.
PROYECTOS
Los proyectos de ideas empresariales presentados tendrán como objetivo la creación de una empresa y el mantenimiento de la actividad durante al menos seis meses. El nuevo proyecto radicará física y fiscalmente en Consuegra. Los proyectos deben ser viables técnica y económicamente.
PREMIO
Se seleccionará el mejor proyecto, de acuerdo con los criterios de evaluación que se exponen en el siguiente punto de las bases.
Para el proyecto empresarial ganador se otorgará el siguiente premio:
Importe en metálico de 1.000,00€ que será utilizado como gastos de puesta en marcha del proyecto. El premio está sujeto a retención según la legislación sobre IRPF vigente. |
DOCUMENTACIÓN
Los participantes en el concurso deberán cumplimentar los modelos de “Solicitud de inscripción” y “Memoria-Idea de Negocio” según los modelos oficiales disponibles en la web del Ayuntamiento de Consuegra. La descripción de los puntos descritos en el modelo “Memoria-Idea de Negocio” no excederá de 30 hojas mecanografiadas por una sola cara e incluyendo los anexos que se consideren oportunos. Entre esos anexos se incluirá obligatoriamente uno, en el que se expongan los méritos del proyecto, y los motivos por los que sus promotores consideran que debe ser premiado.
La “Memoria-Idea de Negocio” debe ser anónima. No debe aparecer en ningún apartado los datos personales del/los promotores del proyecto. En caso contrario el proyecto quedaría excluido del Concurso.
En el caso de proyectos promovidos por más de una persona, tendrán que presentar un documento con los datos del “resto de integrantes del grupo” como anexo al modelo de “Solicitud de Inscripción”, así como una declaración en la que, de mutuo acuerdo, se designe un representante del grupo para las actuaciones derivadas del concurso.
Dentro del plazo previsto en estas bases, los proyectos se deberán presentar de forma , telemática a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Consuegra, o de forma presencial en el Registro general del Ayuntamiento de Consuegra.
El jurado analizará la solicitud y la documentación presentada, si éstas no reunieran los requisitos exigibles, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desestimada su solicitud de participación en el concurso.
La presentación al concurso presupone el conocimiento y la aceptación de estas bases por parte del concursante del proyecto.
PLAZO
El plazo de presentación de proyectos para esta edición del concurso de proyectos empresariales se iniciará el 3 de marzo de 2025 y finalizará el 31 julio de 2025.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Los proyectos se evaluarán en función de los siguientes criterios:
- La viabilidad técnica y económica del proyecto
- La creación de puestos de trabajo.
- La incorporación o extensión del diseño, la calidad y la originalidad del proyecto.
- Grado de innovación tecnológica, desarrollo y diferenciación del producto y/o servicio.
- La cobertura de demandas identificadas en el entorno local.
- Conocimiento del mercado y la competencia.
- Aprovechamiento de recursos naturales, del patrimonio histórico-cultural, respeto al entorno y al medio ambiente natural o de corrección, eliminación o minimización de la contaminación y mejora de las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
- Aspectos relacionados con la responsabilidad social corporativa, tales como inclusión de planes de igualdad de oportunidades o medidas de conciliación de la vida laboral y personal, respeto a los Derechos Humanos y el desarrollo sostenible.
CONFIDENCIALIDAD
A lo largo de todo el proceso se garantiza la confidencialidad respecto a las ideas presentadas. En cualquier caso, se podrán difundir las características generales de las mismas, así como los nombres del ganador y sus promotores.
JURADO Y FALLO
El jurado será designado por el Ayuntamiento de Consuegra y estará integrado por representantes de la Administración, de la/s empresa patrocinadora/s, y del tejido empresarial, que evaluarán los proyectos de acuerdo a los criterios estándares para este tipo de concursos.
El fallo del jurado se dará a conocer de modo expreso y personal al/los ganadores. Y será publicado en el tablón de anuncios de la pagina web del Ayuntamiento de Consuegra.
El premio se entregará en el transcurso de un acto que se celebrará en fecha a determinar. El premio se hará efectivo, tras comprobarse por parte del ayuntamiento de Consuegra la puesta en marcha del proyecto. Para lo que el ganador/es deberán presentar en el registro del Ayuntamiento de Consuegra, la documentación acreditativa correspondiente. Pasado el tiempo establecido como periodo mínimo de compromiso de mantenimiento de actividad (6 meses) el Ayuntamiento comprobara el cumplimiento del mismo, y en caso de incumplimiento procederá a la solicitud del reintegro de la cantidad percibida.
La falta de asistencia injustificada del premiado/a al acto supondrá la renuncia al premio. El jurado, previa deliberación, acordará lo que proceda.
El Ayuntamiento de Consuegra podrá difundir las características generales de los proyectos empresariales presentados y en su momento, los nombres del/los proyecto/s ganador/es y sus promotores.
El jurado se reserva la posibilidad de declarar el premio desierto.
COMPROBACIÓN
El Ayuntamiento de Consuegra revisará y comprobará, requiriendo la documentación que considere necesaria, la puesta en marcha del proyecto, el mantenimiento de la actividad al menos durante 6 meses.
INCUMPLIMIENTO
La puesta en marcha de la actividad y la realización de la inversión se justificará con la presentación de, al menos, el alta en Hacienda y en Seguridad Social de la nueva actividad. Esta documentación será entregada en el Registro del Ayuntamiento en el que se presentó el proyecto, dentro del plazo concedido de puesta en marcha (12 meses desde la concesión del premio).
El Ayuntamiento de Consuegra podrá solicitar documentación complementaria para comprobar el cumplimiento de las condiciones que dieron lugar al premio. En caso de no justificar dentro del plazo la puesta en marcha de la actividad e inversión realizada, así como el mantenimiento de actividad y el cumplimiento de las obligaciones establecidas, se procederá a la revocación del/los premio/s concedido/s y al reintegro de la cantidad en su caso, percibida.
DILIGENCIA. – Las presentes bases reguladoras de participación en la II Edición “Consuegra Emprende” fueron aprobadas tras acuerdo adoptado en sesión de la Junta de Gobierno Local de 28 de febrero de 2025. |
Memoria guía del proyecto «Consuegra Emprende» 2025
Bases reguladoras concurso «Consuegra Emprende» 2025
Certificado de acuerdo bases reguladoras II Consuegra Emprende 2025 (JGL 28/02/2025)
ANEXO I. Solicitud Consuegra Emprende 2025
Información y contacto |
Oficina de Promoción Empresarial Plaza España (Edificio de los Corredores) 45700 Consuegra, Toledo Tlf. 925 13 9 00 / 611 645 488 promocionempresarial@aytoconsuegra.es |
![]() ![]() ![]() |