El TSJA acuerda remitir el comunicado del letrado de Juana Rivas al Colegio de Abogados de Granada

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha acordado remitir al Colegio de Abogados de Granada el comunicado que el letrado de Juana Rivas elaboró y envió a los medios de comunicación “para posible valoración por la comisión de ética colegial”. La Sala de Gobierno entiende que el comunicado “no es razonable ni proporcionado para el ejercicio del derecho de defensa, ya que desciende tanto a ataques personales como institucionales”.

Los miembros de la Sala de Gobierno del TSJA, reunidos ayer en comisión, tomaron conocimiento de la solicitud de amparo remitida al Consejo General del Poder Judicial por la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada a través de un escrito remitido también a la Sala de Gobierno, donde se recoge íntegramente el comunicado del letrado, en el que se realizan “una serie de consideraciones sobre la capacidad e integridad profesional” de la magistrada.

La Sala de Gobierno acuerda enviarlo a la comisión de ética del Colegio de Abogados de Granada al tiempo que precisa que las resoluciones judiciales deben estar sujetas a crítica, pues “la libertad de expresión es necesaria y enriquece el debate de la ciudadanía y su formación en valores democráticos”, indica el acuerdo.

No obstante, entiende que el contenido y ciertas expresiones recogidas en el comunicado, enviado por el propio abogado a todos los medios de comunicación, excede del referido derecho de crítica en un Estado de Derecho y “no es razonable ni proporcionado para el ejercicio del derecho de defensa, ya que desciende a ataques tanto personales como institucionales de una magistrada”.

Por ello, la Sala de Gobierno  considera que menoscaba el necesario respeto a la independencia del Poder Judicial y a quienes lo componen, “trasladando un pernicioso mensaje de desconfianza a la ciudadanía en uno de los pilares fundamentales de nuestra convivencia”, todo ello, además, “de forma gratuita e innecesaria” para el ejercicio del derecho de defensa, “e incomprensible al emitirlo un profesional del derecho conocedor y consciente del perjuicio que causa”, concluye el acuerdo.

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