La Asociación Think Tank Escuela de Minas de Oviedo 2050 había recurrido el decreto publicado por la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado a instancias de la Universidad | La sala de lo Contencioso-Administrativo impone un pago de costas de 1000 euros a la asociación demandante | Es la séptima sentencia favorable a la Universidad de Oviedo en el proceso judicial abierto por el traslado de los estudios mineros a Mieres
Por séptima vez, la justicia dicta sentencia a favor de la Universidad de Oviedo en los procesos abiertos con relación al traslado de los estudios de minería de Oviedo a la Escuela Politécnica de Mieres. En este caso, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias considera legal el decreto de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado de Asturias por el que se suprime la Escuela de Ingeniería de Minas, Energía y Materiales de Oviedo.
La Asociación Think Tank Escuela de Minas de Oviedo 2025 había demandado de forma conjunta al Principado de Asturias y a la Universidad de Oviedo por este decreto de supresión. El alto tribunal asturiano condena también a la organización demandante a asumir las costas, por un importe total de 1000 euros.
La principal novedad en esta sentencia es que la justicia hace referencia por primera vez a la supresión de la Escuela de Minas de Oviedo, mientras que las anteriores sentencias tenían por objeto únicamente el traslado de los planes de estudios a Mieres.
No es la primera vez que el alto tribunal asturiano dicta sentencia a favor de la Universidad de Oviedo respecto a los procesos abiertos por el traslado de Minas. El pasado mes de noviembre, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestimó el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Oviedo contra la sentencia dictada el 30 de mayo de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo.
Ese fallo ratificaba lo resuelto por el Juzgado de los Contencioso-Administrativo 1 de Oviedo e imponía el pago de las costas procesales al recurrente. El TSJ de Asturias se manifestó también a favor de la institución académica asturiana desestimando el recurso de apelación presentado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Noroeste de España y la Asociación Think Tank Escuela de Minas de Oviedo 2050 contra la sentencia dictada el 7 de mayo de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Oviedo.
En la misma línea se mostró la primera de las sentencias del TSJ en relación con estos procesos judiciales abiertos por el traslado de los estudios de minería, cuando se desestimó el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Oviedo contra el fallo del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Oviedo del 19 de febrero de 2024, en la que desestimaba el recurso presentado por el Consistorio ovetense contra el traslado de los estudios de minería a la Escuela Politécnica de Mieres. La sentencia reflejaba que la universidad había seguido escrupulosamente el procedimiento para este tipo de actuaciones y que el traslado de los estudios no suponía ningún perjuicio para la ciudad de Oviedo.
Por último, el pasado 30 de mayo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo rechazó el recurso presentado por el Ayuntamiento de Oviedo ante dicho tribunal contra la desestimación de la solicitud de personación en el expediente de supresión del centro. La sentencia reflejaba que la universidad actuaba como solicitante y que no había cometido irregularidad alguna ni ha provocado indefensión al ayuntamiento, y añadía que el expediente fue sometido a información pública.