La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda abrirá a mediados del próximo mes de enero la nueva convocatoria de ayudas del Bono Alquiler Joven en Andalucía. Esta convocatoria está dotada de 34,2 millones de euros para facilitar el pago del alquiler de jóvenes de entre 18 y 35 años, con ayudas de 250 euros mensuales.
La Consejería de Fomento está trabajando desde hace tiempo en esta convocatoria. En su diseño, se ha topado nuevamente con la compleja tramitación impuesta desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, que ya dificultó la concesión de las ayudas a las comunidades autónomas durante la primera convocatoria. Andalucía pudo resolver estos problemas gracias a la puesta en marcha de un plan de choque que permitió desenmarañar la situación y que la primera convocatoria esté prácticamente resuelta.
En ese sentido, la Consejería de Fomento ya trasladó en la última conferencia sectorial la necesidad de cambiar el modelo de gestión de cara a la segunda convocatoria. Y, aunque la propia ministra reconoció que estaban planteándose cambiar la regulación del Bono Alquiler Joven ante las incidencias detectadas, esas modificaciones nunca se llevaron a efecto.
Esta convocatoria cuenta con los mismos requisitos que la anterior. Va dirigida a jóvenes mayores de edad hasta los 35 años, que viven en alquiler y tienen ingresos menores a tres veces el IPREM si es una persona y de 4,5 veces el IPREM si es una unidad familiar. La vivienda o habitación alquilada constituirá la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable y debe ser acreditado mediante empadronamiento municipal. Si es una unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia.
Los solicitantes aportarán en la documentación un contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato suscrito por arrendador y arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato. En caso de arrendamiento parcial, si no constata en el contrato la cuota de participación, se aportará declaración responsable.
Las rentas de los contratos tendrán un límite máximo de entre 900 y 600 euros en función del municipio y el tipo de contrato. Asimismo, la renta máxima por habitación para la concesión de estas subvenciones oscila entre los 380 y 300 euros. El límite de renta no tendrá en cuenta otros gastos que puedan estar incluidos en el contrato, como trastero, garaje o gastos de comunidad.
La convocatoria se fija por orden de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de llegada. Las solicitudes se realizarán exclusivamente de manera telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja). Para acceder es necesario disponer del certificado digital y tener instalado el programa para firma electrónica. Ante las posibles dudas, la Consejería de Fomento ha publicado en su web un manual para rellenar la solicitud y documento de preguntas frecuentes.