Alicante. Martes, 15 de abril de 2025
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, reunido esta mañana en sesión ordinaria, ha aprobado, entre otras cuestiones de índole interna, la aprobación de la modificación de las Instrucciones para la Matrícula del curso 2025-2026. Tal y como ha defendido el vicerrector de Estudiantes y Empleo, Raúl Ruiz Callado, “el nuevo documento contempla modificaciones que mejoran el procedimiento y las condiciones de acceso del estudiantado”.
Una de las cuestiones más importantes para el alumnado de nuevo ingreso “es la necesidad de confirmar, expresamente, la voluntad de querer permanecer en la lista de espera”. Para permanecer, “se deberá comunicar expresamente a través de la plataforma de preinscripción de la Generalitat Valenciana”, explica Ruiz Callado, que puntualiza que, “de lo contrario, se dará por entendida la renuncia del estudiantado”. Según el máximo responsable del estudiantado en la UA, “con esto se logrará agilizar el corrimiento de listas y la incorporación a las titulaciones, al eliminarse de ellas a las personas que no tengan interés en permanecer en las mismas”.
Otra de las novedades es “la introducción de la modalidad de pago en dos plazos (tanto en efectivo como domiciliado). Y se incorpora, en la modalidad de 8 plazos, la posibilidad de pagar en efectivo (anteriormente solo domiciliado)”, explica el vicerrector, quien puntualiza que, “dentro del efectivo, se da la posibilidad de pagar mediante la plataforma Flyware, pero solo para pagos realizados desde países fuera de la Unión Europea”.
De acuerdo con la normativa vigente, el documento aprobado esta mañana por unanimidad incorpora, así mismo, dos nuevas exenciones al pago de matrícula: “haber sufrido lesiones invalidantes en operaciones internacionales de paz y seguridad y tener la condición de persona refugiada o con derecho a la protección subsidiaria”.
Por último, Raúl Ruiz Callado advierte que para todo el estudiantado extranjero que no tenga la condición de residente, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes les sea de aplicación el régimen comunitario, “será necesario aportar la justificación de la residencia en España para aplicar el mismo precio previsto para el estudiantado nacional”. A estos efectos, añade “que la autorización de estancia no equivale a la condición de residente”.