El Pleno ha tomado en consideración este martes la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, a iniciativa de los Grupos Socialista y Vasco (EAJ-PNV).
La iniciativa, que comienza a tramitarse con 176 votos a favor y 170 votos en contra, tiene por objeto ampliar los supuestos en los que los diputados pueden hacer uso del voto telemático y reformar el artículo 98 en relación con la concesión y renovación de credenciales a los representantes gráficos y literarios de los medios de comunicación.
En lo que respecta al voto telemático, el texto pretende modificar el artículo 82.2, de manera que “la Mesa de la Cámara podrá autorizar la emisión del voto por procedimiento telemático” en circunstancias como embarazo, maternidad o paternidad; por motivos de salud o accidente; por necesidad de atender al cuidado del cónyuge o familiares; por fallecimiento del cónyuge o parientes; asistencia a actos o eventos de carácter internacional en representación del Congreso de los Diputados debidamente autorizados por la Mesa de la Cámara, así como a reuniones y conferencias de representación institucional en el extranjero en cumbres internacionales cuando la participación en sus actividades oficiales impida la asistencia a la sesión plenaria.
De la misma manera, regula el procedimiento por el que la Mesa acordará la concesión.
Reforma del artículo 98
En lo que respecta al art. 98, el texto propone la siguiente redacción: “La Mesa de la Cámara adoptará las medidas adecuadas en cada caso, para facilitar a los medios de comunicación social la información sobre las actividades de los distintos órganos del Congreso de los Diputados”.
De esta manera, regulará el procedimiento para la concesión y renovación de credenciales a los representantes gráficos y literarios de los distintos medios, con objeto de que puedan acceder a los locales del recinto parlamentario que se les destine y a las sesiones a que puedan asistir”.
Además, crea un Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria y señala las conductas que se considerarán infracciones, e indica que estas pueden tener carácter leve, grave o muy grave, indicando que el “procedimiento sancionador se regirá por lo establecido por la Mesa de la Cámara”.