El CGPJ cumple en plazo el mandato del legislador y acuerda por unanimidad remitir al Gobierno y a las Cortes una propuesta sobre la reforma del sistema de elección de los vocales de procedencia judicial

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, reunido hoy en sesión extraordinaria, ha acordado por unanimidad remitir al Gobierno y a las Cortes Generales la propuesta sobre la reforma del sistema de elección de los vocales de procedencia judicial. 

El órgano de gobierno de los jueces cumple así dentro de plazo el mandato del Parlamento establecido en la disposición adicional de la Ley Orgánica 3/2024, de 2 de agosto, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta ley fue aprobada como parte del acuerdo para la renovación del anterior Consejo General del Poder Judicial que los dos partidos con mayor representación alcanzaron en Bruselas el pasado 25 de junio de 2024, con la mediación de la Comisión Europea.

La ley otorgaba un plazo de seis meses computados desde su entrada en vigor –plazo que se cumple mañana– para que el Pleno del Consejo aprobara, por mayoría de tres quintos, un “informe” sobre los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al Consejo español, y una “propuesta” de reforma del sistema de elección de los doce vocales designados “entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales”. Esta propuesta debía garantizar la “independencia” de los vocales así elegidos, la “participación directa de jueces y magistrados” en la elección, poder “ser evaluada positivamente por el informe del Estado de Derecho de la Comisión Europea” y “establecer un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores estándares europeos”.

Un texto con varias alternativas

El texto aprobado por Pleno del Consejo contiene las dos partes demandadas por el legislador.

La parte de “informe” realiza un examen comparado de los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al CGPJ -los de Italia, Francia, Portugal y Bélgica- y una recopilación de los mejores estándares europeos -de la Unión Europea, el Consejo de Europa, la Red Europea de Consejos de Justicia o la OSCE, además de la jurisprudencia del TJUE y del TEDH- sobre el sistema de elección de los miembros judiciales de estos órganos. Esta primera parte recoge también los precedentes históricos y antecedentes legislativos del órgano de gobierno de los jueces, desde el debate constituyente, la Ley Orgánica 1/1980, del Consejo General del Poder Judicial y la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, a las sucesivas reformas sobre esta materia, pasando por la jurisprudencia constitucional al respecto.

La segunda parte, dedicada a la “propuesta” de reforma del sistema de elección de vocales judiciales, refleja la pluralidad de opiniones existente en el órgano de gobierno de los jueces e incluye alternativas que contemplan modelos con la intervención del Parlamento en la elección de los vocales de procedencia judicial y otros sin participación del Legislativo ni del Ejecutivo en ninguna fase del proceso de selección, opción esta última que parte del Pleno considera más acorde con los estándares europeos.

Se atiende así a la sugerencia expresada el pasado 18 de septiembre por el excomisario de Justicia de la Comisión Europea, Didier Reynders, durante la reunión que mantuvo ese día con la presidenta y vocales del Consejo General del Poder Judicial.

En la rueda de prensa que ofreció tras el encuentro, el excomisario europeo manifestó que lo idóneo sería que el CGPJ diera «distintas opciones» de reforma porque cuando se trata de un acuerdo político siempre es más «fácil» alcanzarlo si hay alternativas sobre la mesa.

“Si solo propones una opción, será difícil a las fuerzas políticas decir sí o no. Pero si propones varias será posible dialogar», señaló.

Un proceso participativo

El proceso que concluye hoy ha sido coordinado por el grupo de trabajo cuya constitución aprobó por el Pleno del CGPJ en su reunión del pasado 25 de septiembre y que ha estado integrado por los vocales Bernardo Fernández Pérez, José Carlos Orga Larrés, Isabel Revuelta de Rojas y Argelia Queralt Jiménez.

Este grupo, que ha mantenido reuniones semanales desde entonces, acordó recabar la opinión de la Comisión Europea para el Estado de Derecho, Derechos Fundamentales y Democracia; el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); la Comisión para la Democracia a través del Derecho del Consejo de Europa (Comisión de Venecia); el Grupo de Estados Europeos contra la Corrupción (GRECO); las Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia y las asociaciones judiciales Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y Foro Judicial Independiente (FJI).

Las aportaciones realizadas por todos ellos han sido tomadas en consideración para la elaboración de la propuesta que se remitirá al Gobierno, al Congreso y al Senado, tal y como ordena la Disposición Adicional de la Ley Orgánica 3/2024.

Además, según un acuerdo aprobado por el Pleno, la propuesta se remitirá también a la Comisión de Venecia para que emita Opinión sobre la misma.

Remitida la propuesta al Gobierno, el Congreso y el Senado, esta y el informe se publicarán en la página web www.poderjudicial.es

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