El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy anunciar en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de los procedimientos para proveer la dirección de la Escuela Judicial y del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ). Será la primera vez que, en aplicación de la política de transparencia del órgano de gobierno de los jueces, estos dos cargos se cubran mediante una convocatoria pública.
Dirección de la Escuela Judicial
El artículo 617 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el nombramiento del director/a de la Escuela Judicial recaerá en un/a magistrado/a con al menos quince años de antigüedad en la Carrera Judicial.
Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE, acompañada de un currículo en el que harán constar las circunstancias y méritos que estimen oportunos, así como un programa de actuación descriptivo de las principales iniciativas encaminadas a la más eficaz y eficiente organización de la Escuela Judicial y al impulso y mejora de las funciones que le son propias.
El puesto requiere conocimientos en materia de formación judicial nacional y/o internacional; en materia de planificación docente, dirección y organización de actividades formativas, así como de elaboración y diseño de programas de formación; en metodologías docentes, sistemas de evaluación y plataformas informáticas para la formación; en materia de selección y formación inicial; en derecho orgánico judicial y en organización administrativa, emisión de informes, estudios, consultas y dictámenes; así como la experiencia en dirección de equipos de trabajo.
La Escuela Judicial tiene como función desarrollar y ejecutar las competencias del Consejo General del Poder Judicial en materia de selección y formación de los Jueces y Magistrados.
Dirección del CENDOJ
El Pleno también ha acordado anunciar la convocatoria de la dirección del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) mediante un concurso de méritos al que podrán concurrir quienes acrediten el desempeño efectivo de una profesión jurídica durante al menos quince años, tal y como establece el artículo 619 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE, acompañada de un currículo y de un programa de actuación descriptivo de las principales iniciativas encaminadas a la más eficaz y eficiente organización del CENDOJ, así como al impulso y mejora de las funciones que le son propias.
Como méritos y requisitos se valorarán, entre otros, la experiencia en la aplicación del marco jurídico de la protección de datos y los conocimientos sobre modernización, gobierno abierto, tratamiento y reutilización documental de la información jurídica; sobre digitalización de la justicia y medidas organizativas del Servicio Público de Justicia para la implantación de los Tribunales de Instancia y las Oficinas de Justicia en los municipios; y en materia de armonización de sistemas informáticos utilizados en la Administración de Justicia.
El CENDOJ es el órgano técnico del Consejo General del Poder Judicial encargado de la selección, la ordenación, el tratamiento, la difusión y la publicación de información jurídica legislativa, jurisprudencial y doctrinal. Entre sus funciones también está la de colaborar en la implantación de las decisiones adoptadas por el CGPJ en materia de armonización de los sistemas informáticos que redunden en una mayor eficiencia de la actividad de los Juzgados y Tribunales.