El plazo de presentación de las solicitudes es del 12 al 26 de junio
El Ayuntamiento de Cabanillas del Campo acaba de publicar las bases que rigen la convocatoria de la habitual línea de subvenciones que se saca todos los años para ayudar a financiar las actividades que realizan las peñas de la localidad a lo largo de las Fiestas, tanto las del próximo mes de julio, como las realizadas en las del pasado mayo. Estas bases estructuran y fijan los criterios y el procedimiento que se seguirá para la concesión de estas subvenciones, que se enmarcan en el objetivo de fomento de la participación ciudadana en las fiestas tradicionales populares del municipio.
Las citadas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de este miércoles 11 de junio, y el plazo de presentación de las solicitudes a esta línea de subvenciones es de diez días hábiles siguientes a esta publicación; por tanto, del 12 al 26 de junio. Las solicitudes deben presentarse, junto con la documentación precisa, en el Registro del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica Municipal.
Línea de 45.000 euros
Las subvenciones se otorgarán mediante procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, y el monto total destinado a las mismas es de 45.000 euros. Podrán concurrir a las mismas todas las asociaciones que, persiguiendo alguno de los fines de ayuda establecidos, se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Cabanillas del Campo y en los demás registros que proceda. En función de la naturaleza de las actividades objeto de subvención, deberán disponer y acreditar un mínimo aparato organizativo que garantice la consecución de los objetivos para los que se concede la ayuda. También deberán haber cumplido con la obligación establecida en el Reglamento regulador de las normas de creación y funcionamiento del Registro Municipal de Asociaciones de Cabanillas del Campo: revisión anual y actualización de la ficha general de datos. Asimismo, tendrán que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, Seguridad Social, Agencia Tributaria, así como de reintegro de anteriores subvenciones concedidas por el consistorio. Por tanto, no podrán recibir subvención las asociaciones que, habiendo recibido subvención con anterioridad, no hayan procedido a su justificación o no se haya procedido a su reintegro; ni tampoco aquellas asociaciones que reciben otro tipo de subvenciones del Ayuntamiento.
Los requisitos completos, documentación necesaria y toda la información precisa para presentarse a este proceso aparecen detallados en el documento de Bases, que puede descargarse también al pie de esta información, así como todos los documentos anexos que son necesarios.