Desde el Ayuntamiento de Arganda queremos recordar, en estas fechas festivas y de celebración por la Navidad, la importancia de compatibilizarlo también con el normal desarrollo de la convivencia ciudadana. Para tal fin, el consistorio emite un Bando Municipal firmado por su alcalde, Alberto Escribano, sobre la «venta, suministro y uso de material pirotécnico«, aunque la Ordenanza de Convivencia y Contra la Contaminación Acústica del Ayuntamiento de Arganda del Rey ya refleja en sus artículos 41.5 y 62.1.i, la prohibición de esta práctica fuera de los lugares y ocasiones autorizadas expresamente para ello.
Una Ordenanza que fija la manera de actuar en estos casos y que también recalca que las infracciones en caso de hacer uso indebido de material pirotécnico «podrían conllevar multas de hasta 750€«.
Bando municipal: venta, suministro y uso de material pirotécnico
Con la llegada de la Navidad y con el fin de compatibilizar la alegría de las celebraciones con el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, el Ayuntamiento de Arganda del Rey recuerda a la ciudadanía la prohibición del uso y/o lanzamiento de petardos y artificios pirotécnicos sin la correspondiente autorización municipal.
Todo ello, en cumplimiento de la Ordenanza de Convivencia y Contra la Contaminación Acústica del Ayuntamiento de Arganda del Rey que, en sus artículos 41.5 y 62.1.i), prohíben esta práctica fuera de los lugares y ocasiones autorizadas expresamente para ello.
Las infracciones a dicha normativa podrán ser sancionadas económicamente con multa de hasta 750 euros, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que puedan derivarse de las mismas.
Sin perjuicio de las autorizaciones que resulten aplicables en materia de seguridad ciudadana y la reglamentación de explosivos y pirotecnia para la adquisición y utilización de dicho material, debiendo realizarse la venta y uso, en la forma y con los requisitos que establece el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre (BOE de 7 de noviembre de 2015).