El 1 de abril se abre el plazo para que entidades deportivas que compiten en ligas nacionales opten a subvenciones por importe de 1.060.000 euros

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica este lunes, 31 de marzo, la resolución de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se destinan 1.060.000 euros a las subvenciones para entidades deportivas riojanas que participan en ligas regulares de carácter nacional, con el objetivo de colaborar en la financiación de los gastos corrientes derivados de su participación en competiciones federadas en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2025.

 

En este sentido, las entidades deportivas riojanas, con excepción de las sociedades anónimas y de las agrupaciones deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos, podrán solicitar desde mañana, 1 de abril, y durante un periodo de 15 días hábiles, estas ayudas cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

 

Esta temporada aumenta en 140.000 euros la partida presupuestada en 2024, fruto del respaldo del Ejecutivo de Gonzalo Capellán al fomento de la práctica deportiva en todos sus niveles, también para clubes que compiten en categoría nacional. En todo caso, la cuantía individualizada de la subvención no podrá superar el importe máximo de 52.000 euros.

 

En cuanto a los criterios de concesión se valorará hasta un máximo de 200 puntos la categoría deportiva de la liga regular, atendiendo a cuestiones como el número de licencias autonómicas, clubes y equipos federados y participantes en la liga, número de temporadas consecutivas o el fomento del deporte en el medio rural, entre otros.

 

A su vez, se valorará hasta un máximo de 50 puntos la estructura deportiva de la entidad solicitante, apartado en el que se tendrán en cuenta indicadores como número de licencias entre la categoría cadete y en la que compiten, número de técnicos titulados con contrato laboral de la entidad, la participación de la mujer en la actividad y en los órganos directivos de la entidad, así como el fomento del deporte y del ejercicio físico entre las personas con discapacidad y acciones para la inclusión de los colectivos desfavorecidos en las actividades deportivas.

 

En cuanto a los gastos subvencionables, destacan el transporte y alojamiento de deportistas y técnicos, así como los correspondientes a la manutención en competiciones desarrolladas fuera de su localidad. También los gastos de personal técnico y los ocasionados para asegurar la protección de la salud y la seguridad de practicantes y espectadores (material higiénico-sanitario, servicios de seguridad, ambulancias, equipos médicos y veterinarios, socorristas…) imprescindibles para el desarrollo de la actividad. Del mismo modo, también serán subvencionables el alquiler de instalaciones para entrenamientos y desarrollos de la competición; la compra de material deportivo; los gastos federativos por concepto de arbitrajes, licencias deportivas, inscripciones, seguros, etcétera, y programas de seguimiento médico-deportivo.

 

Los costes indirectos (material de oficina, teléfono, suministros varios) no podrán superar en ningún caso el 10% del proyecto subvencionable aprobado, reduciéndose hasta dicho porcentaje en caso de superarlo. Serán subvencionables las nóminas y gastos de Seguridad Social de los deportistas, no así del personal directivo.