La Conselleria de Educación y Universidades publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) de mañana martes la nueva Orden por la que se regula el uso de los teléfonos móviles y de otros dispositivos electrónicos personales en los centros educativos no universitarios sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de las Illes Balears.
El conseller de Educación y Universidades, Antoni Vera, ha comparecido hoy ante los medios de comunicación para explicar esta nueva normativa, que entrará en vigor a partir del curso 2025-2026 y que prohíbe el uso de los teléfonos móviles en el ámbito escolar. Vera ha estado acompañado por el secretario autonómico de Desarrollo Educativo, Mateu Suñer, y por la directora general de Planificación y Gestión Educativas, Catalina Ginart.
Vera ha explicado que la Orden desarrolla el Decreto 4/2023, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros, y el Decreto 121/2010, que establece los derechos y deberes del alumnado, así como las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios. Estos decretos proporcionan el marco normativo en el que se inscriben las normas de uso de los dispositivos móviles y se tipifica el uso indebido de estos aparatos.
Con la aplicación de la nueva Orden, el alumnado no podrá hacer uso de teléfonos móviles ni de otros dispositivos electrónicos personales durante toda la jornada escolar, lo que incluye el horario lectivo, el recreo, los periodos dedicados a actividades complementarias y extraescolares, y las salidas. Excepcionalmente, el alumnado de educación secundaria y de las enseñanzas postobligatorias podrá utilizar estos dispositivos, si no se pueden usar los del centro, exclusivamente para actividades puntuales con fines didácticos y siempre bajo criterios pedagógicos debidamente justificados.
De manera excepcional, se podrá autorizar el uso personal de estos dispositivos en casos justificados por circunstancias individuales concretas, especialmente aquellas de carácter médico.
En caso de uso indebido de los dispositivos electrónicos personales, el centro podrá aplicar medidas correctoras, como la retirada del dispositivo por parte del personal docente o del equipo directivo durante la jornada escolar. El alumno deberá apagar el dispositivo en el momento de la retirada.
Los centros docentes que impartan enseñanzas de formación profesional de grado superior, de régimen especial o de adultos podrán adaptar el contenido de esta Orden para el alumnado en los periodos no lectivos durante la jornada escolar en estos niveles educativos. Así, en las normas de organización, funcionamiento y convivencia de cada uno de estos centros, se deberán regular las condiciones y los requisitos para que el alumnado pueda utilizar los teléfonos móviles y las consecuencias del incumplimiento de estas normas.
Esta nueva Orden, de carácter obligatorio para todos los centros financiados con fondos públicos, da continuidad a las instrucciones aplicadas durante el curso 2024-2025 en los centros públicos, que en el caso de los centros concertados tenían carácter de recomendación.
Desde el servicio Convivèxit de la Conselleria de Educación y Universidades se hace una valoración muy positiva sobre la aplicación de estas instrucciones y se indica que se ha detectado una reducción significativa de los conflictos relacionados con el uso de móviles en los centros educativos, en comparación con cursos anteriores.
La Conselleria de Educación y Universidades ha impulsado esta nueva Orden, que ha sido debatida en todas las Mesas de negociación y diálogo y, también, en el Consell Escolar de les Illes Balears, con el objetivo de establecer unas directrices claras sobre el uso de dispositivos electrónicos en los centros educativos y de garantizar una convivencia escolar positiva.