CONTINÚA ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR BONIFICACIONES EN LA TASA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
Tasa impuesta en todos los municipios por el Gobierno estatal a través de la ley 7/2022.
Estas son las bonificaciones que aplica el Ayuntamiento de Aranjuez al objeto de minimizar el impacto de la Tasa:
- Bonificación para Personas en situación de vulnerabilidad, 95% de reducción de cuota. Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
- Bonificación por Instalación de sistemas de compostaje doméstico o comunitario, 50% de reducción de cuota. Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
- Bonificación para Familias numerosas: 40% Cuota variable de categoría general, 60% Cuota variable de categoría específica. Plazo de presentación hasta el 30 de abril de 2025.
- Bonificación por Eliminación de residuo alimentario, 25% de reducción sobre la cuota íntegra.Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
- Bonificación para Contribuyentes que acrediten una gestión privada de la totalidad de sus residuos, 100% de reducción sobre la cuota íntegra. Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
CARTELES BONIFICACIONES TASA DE GESTIÓN DE RESIDUOS
TASA DE GESTIÓN DE RESIDUOS_compressed
Aranjuez, 13 de marzo de 2025
El Ayuntamiento de Aranjuez, al objeto de minimizar el impacto de la Tasa de Gestión de Residuos, establecida por el Gobierno de España a través de la ley 7/2022, recuerda que está abierto el plazo para la solicitud de bonificaciones.
A continuación, se exponen las bonificaciones:
BONIFICACIÓN PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA
Bonificación del 95% de reducción de cuota.
Requisitos:
- Estar empadronado en el inmueble.
- El conjunto de los empadronados no supere:
-
- 1 empadronado – IPREM
- 2 empadronador – 1,5 del IPREM
- 3 ó más empadronados – 2 del IPREM
- No ser titular de otro inmueble en Aranjuez con valor catastral superior a los 20.000€.
- Si el inmueble es alquilado, es el inquilino quien debe cumplir los requisitos.
- Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
Documentos que presentar:
- Copia de la Declaración de la Renta o Patrimonio del año anterior o el certificado de la Agencia Tributaria de no tener que presentarla.
- Documentación o escrito de consentimiento para consultar las plataformas estatales correspondientes firmado por todos los convivientes mayores de edad.
BONIFICACIÓN POR INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE COMPOSTAJE DOMÉSTICO O COMUNITARIO
Bonificación del 50% de reducción de cuota.
Requisitos:
- Solo inmuebles de uso residencial.
- Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025.
Documentos que presentar:
Documento que acredite la existencia del sistema de compostaje para su posterior valoración e informe favorable del Técnico de Medio Ambiente.
BONIFICACIÓN POR FAMILIAS NUMEROSAS
Bonificación del:
- 40% Cuota variable de categoría general.
- 60% Cuota variable de categoría específica.
Requisitos:
- Todos los miembros de la familia numerosa deberán estar empadronados en el domicilio objeto de bonificación.
- Si se ha reconocido este beneficio en el IBI del ejercicio anterior, se aplicará automáticamente a la tasa sin necesidad de presentar solicitud.
- En caso de ser un inmueble alquilado, será el inquilino quien deba cumplir los requisitos.
- Bonificación incompatible con la reducción por ‘Vulnerabilidad económica’.
- Plazo de presentación hasta el 30 de abril de 2025.
Documentos que presentar:
- Carnet de Familia Numerosa.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Fotocopia del recibo del IBI.
BONIFICACIÓN ELIMINACIÓN DE RESIDUOS ALIMENTARIOS
Bonificación del 25% de reducción sobre la cuota íntegra
Requisitos:
- Ser titular de actividad dedicada a la distribución alimentaria y/o restauración, que sean sujetos pasivos de la tasa.
- Tener establecidos sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios en colaboración con entidades sociales sin ánimo de lucro.
- Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025
Documentos que presentar:
- Actividad principal dentro de los epígrafes: IAE 641, 642, 643, 644, 645, 647, 662.1, 671, 677.9
- Estar suscrito a un convenio de Entidad Social sin ánimo de lucro según la Ley 49/2002 del 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos.
- Informe de Medio Ambiente.
BONIFICACIÓN PARA CONTRIBUYENTES QUE ACREDITEN UNA GESTIÓN PRIVADA DE LA TOTALIDAD DE SUS RESIDUOS
Bonificación del 100% de reducción sobre la cuota íntegra
Requisitos:
- Tener establecido un gestor actualizado de residuos.
- Plazo de presentación hasta el 31 de marzo de 2025
Documentos que presentar:
- Copia del contrato en vigor del gestor autorizado.
- Declaración anual que acredite los tipos de residuos gestionado y la cantidad de cada uno de ellos.
- La solicitud pasará la posterior valoración e informe favorable del Técnico de Medio Ambiente.
Última vez modificado: 13 marzo, 2025