Congreso de los Diputados: Constitución, composición y funcionamiento

Sede del Congreso de los Diputados

La Constitución de 1978 establece que las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

El Congreso de los Diputados, también conocido como Cámara Baja, se rige por lo establecido en la Constitución y en su propio reglamento.

¿Cuál es la composición del Congreso de los Diputados?

La Constitución de 1978 establece que el Congreso de los Diputados se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 1985 determina en 350 el número de miembros de la Cámara.

A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos diputados. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla eligen un diputado cada una. Los doscientos cuarenta y ocho diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población.

Nadie puede ser miembro de las dos cámaras simultáneamente, es decir, un diputado no puede ser a la vez senador, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma.

El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

¿Cómo se convoca y constituye el Congreso?

El Congreso electo se convoca dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones generales.

La sesión constitutiva es presidida inicialmente por el diputado electo presente de mayor edad, asistido, en calidad de secretarios, por los dos más jóvenes. El presidente declara abierta la sesión, en la que primero se elige a los diputados que formarán parte de la Mesa del Congreso. Concluida esa votación, los elegidos ocuparán sus puestos y, el presidente electo llama por orden alfabético a los demás diputados, que van jurando o prometiendo acatar la Constitución. Una vez constituida la cámara, el presidente levanta la sesión y se lo comunica al Rey, al Senado y al Gobierno.

En los quince días posteriores a la celebración de la sesión constitutiva tiene lugar la solemne sesión de apertura de la legislatura.

Órganos y organización de la Cámara Baja

El Congreso de los Diputados funciona en pleno y por comisiones. El pleno es el órgano supremo de decisión, pero según establece el artículo 75 de la Constitución, puede delegar en las comisiones legislativas permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley.

El Pleno del Congreso está formado por la totalidad de los miembros de la Cámara. Es convocado por su presidente, por propia iniciativa o a solicitud, al menos, de dos Grupos Parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la Cámara. Se reúne de forma ordinaria o extraordinaria.

Además de Pleno, la Cámara cuenta con diversos órganos que pueden agruparse en dos categorías:

1. Órganos de dirección o gobierno: Ordenan, impulsan y dirigen la vida del Congreso.

  • La Presidencia: Ostenta la representación de la Cámara, dirige los debates y hace cumplir el reglamento. Es elegida por la propia Cámara al comienzo de la Legislatura y se configura como una institución imparcial.
  • La Mesa: Es el órgano rector colegiado de la Cámara. Está integrada por el presidente del Congreso, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios y asistida y asesorada por el letrado mayor o secretario general. Adopta decisiones de organización interna del trabajo, presupuestarias y de gasto.
  • La Junta de Portavoces: Está constituida por el presidente y los portavoces de los Grupos Parlamentarios. Su principal función es aprobar, junto con la Presidencia, el orden del día del Pleno.

2. Órganos de trabajo: Participan directamente en las actividades parlamentarias, bien preparando las deliberaciones y decisiones del Pleno o resolviendo por sí mismos.

  • Diputación Permanente: Está presidida por el presidente del Congreso y compuesta por un mínimo de veintiún miembros pertenecientes a los Grupos Parlamentarios de forma proporcional a su representación en el Congreso. Vela por los poderes de la Cámara entre los periodos de sesiones y cuando ha sido disuelta o ha expirado su mandato.
  • Comisiones: Son los órganos de trabajo que preparan las decisiones del Pleno o que le sustituyen en determinados casos. Conocen de los proyectos, proposiciones o asuntos que les encomiende la Mesa del Congreso, de acuerdo con su competencia. Están integradas por los miembros que designen los Grupos Parlamentarios en el número que indique la Mesa del Congreso, oída la Junta de Portavoces, en proporción a su importancia numérica. Pueden ser permanentes legislativas, permanentes no legislativas y no permanentes, entre las que destacan las comisiones de investigación.
  • Subcomisiones, ponencias y grupos de trabajo: Las subcomisiones son órganos de trabajo especializado en el seno de las comisiones. Las ponencias se forman para cada asunto, actúan a puerta cerrada, y se integran normalmente por una pluralidad de miembros de las comisiones que representan a los distintos grupos parlamentarios.
  • Secretaría General: Engloba los distintos servicios administrativos y técnicos de la Cámara, desempeñados por funcionarios. Ofrece a los órganos parlamentarios y a los Diputados apoyo para el desarrollo de sus tareas.

Funcionamiento del Congreso de los Diputados: ¿cuándo se reúne?

Se reúne dentro de los dos períodos de sesiones que establece la Constitución en cada año natural: el primero de febrero a junio y el segundo de septiembre a diciembre. Fuera de estos periodos está en funcionamiento la Diputación Permanente .

Al margen de los periodos de sesiones, la Cámara sólo podrá celebrar sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso.

Las sesiones plenarias del Congreso serán públicas, salvo acuerdo en contrario adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al reglamento.

¿Cuáles son las funciones del Congreso de los Diputados?

  • Legislativa: La aprobación de las leyes es su función principal.
  • Función de control al Gobierno e impulso
  • Otras funciones: entre otras, se encuentran las relacionas con la formación y cese del Gobierno, nombramientos de altos cargos de instituciones y sucesión de la Corona.

Función Legislativa

El Congreso de los Diputados tiene la iniciativa legislativa, junto con el Senado, el Gobierno, las asambleas legislativas de las comunidades autónomas y la iniciativa popular respaldada, al menos por 500.000 ciudadanos.

El Congreso tramita proyectos de ley, que son iniciativas remitidas por el Gobierno, y proposiciones de ley, que son las iniciativas remitidas por el Senado, las asambleas de las comunidades autónomas, la iniciativa ciudadana u originadas en el propio Congreso.

El Reglamento del Congreso recoge los procedimientos legislativos: proyectos y proposiciones de leyes ordinarias y orgánicas, la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, los Estatutos de Autonomía, la reforma constitucional, la competencia legislativa plena de las comisiones y la tramitación de proyectos de ley en lectura única.

Además de aprobar las leyes, el Congreso convalida o deroga Decretos-Leyes, autoriza tratados y convenios internacionales y controla el ejercicio de las delegaciones legislativas.

Función de control al Gobierno e impulso

La función de control al Gobierno se articula a través de diversos mecanismos establecidos en la Constitución y en el Reglamento del Congreso:

  • Sesiones de control: Durante su celebración, los diputados formulan preguntas orales directas al presidente del Gobierno y a los ministros sobre asuntos de interés general y exigen responsabilidades por las decisiones adoptadas.
  • Preguntas escritas: Los diputados presentan sus preguntas por escrito ante la Mesa del Congreso. Una vez admitida la pregunta, el Ejecutivo dispone de un plazo de veinte días para responder por escrito
  • Interpelaciones: Mediante esta iniciativa, los diputados solicitan explicaciones en sesión plenaria al Gobierno sobre su política general o sobre algún departamento ministerial.
  • Mociones de censura: Este mecanismo, contemplado en el artículo 113 de la Constitución española, permite al Congreso retirar su confianza al Gobierno en su conjunto. Para presentar una moción de censura, es necesario el respaldo de al menos una décima parte de los diputados (35 miembros) y habrá de incluir un candidato a la presidencia del Gobierno. La moción prospera si es aprobada por mayoría absoluta.
  • Cuestión de confianza: El presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede someter su programa o gestión a la confianza del Congreso. El artículo 112 de la Constitución establece que la confianza es otorgada por el voto de la mayoría simple de la Cámara. Si se le niega la confianza, el presidente del Gobierno tiene que dimitir.
  • Solicitud de comparecencias: Las comisiones parlamentarias o el Pleno pueden requerir la presencia de miembros del Gobierno para que informen sobre asuntos concretos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 de la Constitución. Estas comparecencias permiten a los diputados obtener información directa y detallada, facilitando la labor de control y supervisión.
  • Solicitud de Información y Documentación: El Congreso puede solicitar al Gobierno los datos y documentos que considere necesarios para el desempeño de sus funciones, según el artículo 109 de la Constitución . Esta facultad garantiza la transparencia y el acceso a la información relevante para el control parlamentario.
  • Las proposiciones no de ley, mociones y propuestas de resolución: Son actos de naturaleza similar que promueven la adopción de un acuerdo no legislativo por el Congreso, mediante el cual este manifiesta su posición sobre un tema o cuestión determinada, o se dirige al Gobierno instándole a actuar en una dirección concreta.

Otras funciones del Congreso de los Diputados

  • Participa en la investidura del presidente del Gobierno al votar para otorgar su confianza al candidato propuesto por el rey de acuerdo con el artículo 99 de la Constitución.
  • El Congreso de los Diputados, junto con el Senado, elige al Defensor del Pueblo y a ocho miembros del Tribunal Constitucional, así como a los del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas y de otros organismos.
  • En relación con la sucesión a la Corona, el artículo 61 de la Constitución dispone que el Rey será proclamado ante las Cortes Generales, y que el príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, prestará el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey

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