Aprobada una convocatoria de subvenciones a entidades locales por importe de 160.000 euros para revitalizar el comercio rural

El Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, ha aprobado una convocatoria de subvenciones para entidades locales con una población inferior a 1.000 habitantes, por un importe de 160.000 euros. Este presupuesto va destinado a financiar actuaciones de acondicionamiento y adecuación de locales de titularidad municipal, con el objetivo de que dichos negocios favorezcan el aprovisionamiento de suministros básicos a la población y permitan la vertebración del territorio mediante la creación de empleo rural.

La finalidad de la convocatoria es la de incentivar la implantación de nuevas actividades económicas de comercio minorista en entidades locales de zonas rurales que carecen de ese tipo de oferta de servicios comerciales.

El plazo de solicitud comienza hoy lunes 24 de marzo y estará abierto hasta el viernes 11 de abril.

Requisitos de los proyectos subvencionables

Para poder acceder a estas ayudas, las y los solicitantes deben cumplir algunos requisitos. Entre ellos, se detallan se debe tener en cuenta que el local comercial debe ubicarse en un inmueble propiedad de la entidad local.

En la entidad local no debe existir ningún comercio para el que suponga una competencia directa el negocio que se pretende instalar.

El negocio a implantar puede estar dedicado únicamente al comercio minorista o puede ejercerse de forma simultánea con otras actividades económicas distintas, como las de restauración o de hostelería.

Plazo de ejecución de las inversiones

Deben estar realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de octubre de 2026, ambos inclusive, si la ayuda se abona de forma anticipada en el momento de realizar la concesión de la ayuda, para lo cual la entidad local debe justificar la necesidad de obtener dicho anticipo para el cumplimiento de los fines de la subvención.

Además, deben estar realizadas, facturadas y pagadas entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de diciembre de 2025, si no se obtiene el anticipo mencionado, en cuyo caso la ayuda se abonará antes del 31 de diciembre de 2025.

La subvención es del 80% del importe de las inversiones subvencionables con un límite de subvención de 65.000 euros y la inversión mínima subvencionable es de 15.000 euros.

Actuaciones subvencionables

Las inversiones necesarias para la puesta en marcha del establecimiento comercial o del local multiactividad son estas:

a)       Obras, reformas y actuaciones de acondicionamiento del local y de sus instalaciones.

b)       Equipamiento del local: adquisición de mobiliario y equipamiento específico del comercio o del negocio multiactividad.

c)       Redacción del proyecto técnico y dirección de obra