Apoyo mayoritario del Parlamento a la materialización de la RIC en la construcción de vivienda de alquiler

Matilde Asián ha explicado a los diputados las modificaciones impulsadas para clarificar y dotar de mayor seguridad jurídica a la PPL que se tramita en el Congreso de los Diputados

El informe, respaldado por todos los grupos parlamentarios salvo Nueva Canarias, se remitirá a las Cortes Generales para que la proposición de ley siga su trámite

La consejera de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, Matilde Asián, ha explicado hoy ante la Cámara regional las modificaciones introducidas para regular el uso de la Reserva para Inversiones en la construcción de viviendas para alquiler y exponer el parecer positivo del Gobierno al respecto. La propuesta, que ha obtenido el voto mayoritario favorable del Parlamento, se remitirá al Congreso de los Diputados para incorporarla a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, para la regulación de las inversiones en elementos patrimoniales afectos a la actividad de arrendamiento de vivienda en las Islas Canarias y continuar su tramitación.

Este informe da respuesta a la solicitud de la Mesa del Parlamento de Canarias, adoptada mediante acuerdo en la reunión celebrada el día 28 de febrero de 2025, de recabar el parecer del Gobierno respecto de la proposición de ley antes mencionada, publicada con fecha 22 de enero de 2025 en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y que se encuentra en período de aceptación de enmiendas, por lo que es el momento de introducir las mejoras oportunas de cara a la búsqueda de soluciones que ayuden a paliar el problema de la vivienda en Canarias. Cabe recordar que la vivienda es una de las prioridades del Gobierno de Canarias que, por primera vez, la incluyó en el presupuesto de 2025 como una necesidad social tan importante como la sanidad, la educación o el bienestar social.

La Reserva para Inversiones de Canarias, en su configuración natural o general, responde a la inmovilización de beneficios en una reserva indisponible que luego se materializará en unas inversiones productivas futuras. La nueva redacción propuesta permite, en primer lugar, destinar RIC a la promoción de viviendas protegidas para arrendamiento por la sociedad promotora, también cuando un ente, entidad u organismo público intervenga en la formalización y gestión efectiva de ese arrendamiento. De esta forma, se consigue que la actividad de arrendamiento no se tenga que realizar exclusivamente por el promotor de las viviendas protegidas, sino que se permite que la formalización y gestión efectiva del arrendamiento la realice una entidad u organismo público que, en definitiva, conoce perfectamente el mercado de demandantes de viviendas protegidas y la situación de vulnerabilidad de la población a la que va destinada. Por lo tanto, el objetivo que se persigue es incrementar la oferta de alquiler de viviendas protegidas en Canarias para paliar la situación de emergencia habitacional en la que se encuentran muchos canarios.

En segundo lugar, se incorpora una nueva disposición adicional que permite la materialización de la RIC en la adquisición y, en su caso, construcción de bienes inmuebles situados en Canarias, siempre que se destinen de modo novedoso al arrendamiento de vivienda habitual, con o sin opción de compra. En este caso, el inmueble no puede haber estado arrendado dentro del año anterior ni existir vinculación directa o indirecta con el arrendatario. La vivienda tendrá que estar efectivamente arrendada dentro del plazo de los 6 meses posteriores a la fecha de su adquisición o de su puesta en condiciones de habitabilidad y mantenerse en esta situación durante cinco años.

Por último, para dar mayor seguridad jurídica, se aclara la redacción anterior que hablaba de manera general de viviendas con fines turísticos, acotando la imposibilidad de materializar RIC en inmuebles destinados a vivienda vacacional.

Estas modificaciones pretenden ampliar la oferta de viviendas de alquiler en el mercado canario y encajan también con la propuesta del Gobierno de Canarias de establecer beneficios fiscales, concretamente deducciones en la cuota autonómica del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, a través de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2025, para fomentar la puesta en el mercado de viviendas destinadas a constituir la residencia habitual de los arrendatarios, así como quienes adecúan viviendas para su afectación a la actividad de arrendamiento de viviendas como residencia habitual.