¿Animales en casa? Censarlos es una obligación

Rivas cuenta, desde 1999, con una ordenanza que regula la tenencia de animales domésticos. Este texto recoge la obligación de censar a perros, gatos, hurones y otros pequeños animales debidamente identificados, “en un plazo máximo de tres meses, desde la fecha de nacimiento, o un mes después de su adquisición”, según el artículo 7 de dicha ordenanza.

“Este censo municipal es importante para conocer el número real y el tipo de animales domésticos que conviven en nuestra ciudad y así poder adaptar las infraestructuras y servicios a sus necesidades reales, creando nuevos parques caninos o incrementando la dotación de papeleras caninas”, informan desde la Concejalía de Salud y Protección Animal.

En Rivas hay censados cerca de 4.500 perros y 350 gatos, cifras que se alejan de la cifra real, según estimaciones del personal técnico municipal.

Por ello, se recuerda esta obligación, cuya falta de cumplimiento conlleva sanción económica, y se recuerda que antes de la inscripción, el animal debe tener implantado su microchip, y estar inscrito en el Registro de Identificación de Animales de Compañía (RIAC). “Se trata de registros distintos. Una vez que el animal es identificado con su microchip, se procede a darlo de alta en el censo municipal.

Para ello, hay que presentar el impreso correspondiente firmado por la persona propietaria, junto a la documentación requerida. Quien firme el impreso debe ser mayor de 18 años y abonar una tasa de 18 euros. En caso de fallecimiento o cambio de domicilio, se debe dar de baja al animal en el censo municipal.