Andalucía aprueba el catálogo de prestaciones del sistema público de los servicios sociales

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a instancias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, el Catálogo de Prestaciones del sistema público de servicios sociales de Andalucía, documento que define cada uno de los servicios y prestaciones ofrecidas, su ámbito y alcance, las condiciones requeridas para acceder a ellos y su disponibilidad en el sistema, para que todas las personas puedan conocer de manera transparente en qué medida se adaptan a sus circunstancias personales.

Conformado por 95 prestaciones, cuyo total de servicios y prestaciones desplegados asciende a 10,5 millones de euros para el periodo comprendido entre 2024-2027, con su aprobación se cumple el mandato que establece la Ley de Servicios Sociales de Andalucía, que considera esencial este instrumento para la implantación y despliegue de lo establecido en dicha norma, y culmina, junto al Mapa de Servicios Sociales y al Plan Estratégico de Servicios Sociales, el desarrollo de dicha ley como elementos claves para la planificación del sistema público andaluz de servicios sociales.

En su elaboración y tramitación han participado diferentes entidades públicas y privadas como agentes intervinientes en el sistema público de servicios sociales de Andalucía: la Junta de Andalucía, entidades locales, agentes sociales y económicos, iniciativas sociales y privadas, asociaciones de las personas consumidoras y usuarias y organizaciones profesionales, así como el Consejo de Servicios Sociales de Andalucía. Se trata, por tanto, de un documento que cuenta con un amplio consenso y la colaboración especial de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP).

Además, otorga naturaleza jurídica al conjunto de prestaciones que se integran en el sistema público de servicios sociales de Andalucía. De sus 95 prestaciones, 67 son garantizadas, es decir, prestaciones cuyo reconocimiento tiene carácter de derecho subjetivo, son exigibles y su provisión es obligatoria para las administraciones públicas, y 28 son condicionadas, sujetas a la disponibilidad de recursos y a los criterios de prioridad en la asignación que objetivamente se establezcan. Las prestaciones recogidas en el catálogo tienen la consideración de servicio público.

En dicho catálogo se definen las prestaciones, se identifican su naturaleza jurídica (garantizada o condicionada), el tipo de prestación (prestación económica o prestación de servicios), la población destinataria, los requisitos y el procedimiento de acceso o plazo de concesión, entre otras características. Asimismo, están ordenadas según seis categorías: acceso a los recursos sociales; inclusión social; convivencia familiar; autonomía personal; protección e integridad personal y participación en la vida comunitaria.

Se trata, por tanto, de un catálogo de casi 100 prestaciones que pasan por las más demandadas como la ayuda a domicilio, la teleasistencia o la atención residencial de personas en situación de dependencia a otras como la atención diurna de las personas sin hogar; la intervención psicológica y asistencia legal a las víctimas de violencia de género o el subsidio de movilidad, entre otras.