El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a 18 meses de cárcel al dueño de una perra raza bóxer por dejarla morir de inanición prolongada. En concreto, lo ha considerado autor de un delito de maltrato animal con resultado de muerte y, además de la pena de prisión, lo ha inhabilitado durante cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con los animales y para su tenencia.
El magistrado considera probado que el procesado la abandonó en una vivienda y la dejó de alimentar, en fecha indeterminada, pero anterior al 22 de octubre de 2021. El juez explica en la sentencia que agentes de la Guardia Civil acudieron al inmueble tras recibir un aviso por la producción de un incendio y, una vez en el interior, descubrieron el cadáver de la perra sobre un felpudo y cubierto de heces. Uno de los agentes manifestó que el animal, que debería pesar por su constitución unos 30 kilos, pesaba 11,5. En la casa, en la que no había comida ni bebida para la perra, según declararon los agentes, no había ropa, por lo que daba la sensación de que sus moradores se habían marchado.
En la resolución, el magistrado señala que, tras realizar una serie de pesquisas, lograron meses más tarde identificar al dueño del animal, quien les contó que había abandonado la vivienda y no había avisado a nadie, comunicándole en ese momento los agentes que iba a ser investigado por un delito de maltrato animal. El condenado, que no se presentó al juicio, no acreditó en ningún momento que hubiera asistido a la perra, sino que había quedado sola dentro de la vivienda, sin ninguna asistencia. De hecho, los agentes afirmaron que se enteró por ellos de su muerte.
“A la vista de la prueba, en conjunción con la documental, resulta claro que el acusado es autor de un delito de maltrato animal por omisión de los más elementales cuidados, como son el hecho de alimentarlo y de proporcionarle la bebida necesaria para su mantenimiento con vida”, subraya el juez, al tiempo que añade que es “especialmente cruel” y que se trata de “una actuación de absoluta dejadez y abandono en condiciones en las que el animal nunca habría podido sobrevivir por sí mismo, al hallarse encerrado y sin acceso, por lo tanto, a comida y agua”. El incendio, según recalca en la sentencia, “no fue la causa de su muerte, sino una circunstancia que permitió el hallazgo de su cadáver, pero tal como resulta de la necropsia, su fallecimiento fue a consecuencia de inanición”. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.