El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este miércoles una resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial correspondiente al ejercicio 2025.
Las ayudas están dirigidas a apoyar a las asociaciones de comerciantes, para que puedan optimizar sus recursos propios y promover la contratación de personal para una gestión más directa y profesional. Todo ello orientado a poner en valor las ventajas del asociacionismo, haciendo más visibles los beneficios que aporta a los socios.
En concreto, se subvencionan los gastos de personal contratado directamente por la asociación, el alquiler del local donde esté ubicada la sede oficial y los gastos de reparación y conversación. También los servicios de asesoría, auditoría fiscal, contable y jurídica, la prima de seguro correspondiente a la sede oficial y los gastos de suministros eléctricos, de telefonía, incluido internet, y de agua de la sede.
Para ello, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, subvencionará el 100% de los gastos elegibles con límites máximos de ayuda, según el número de socios de la asociación.
Si el número de socios del sector comercio no supera los 50 se puede obtener una subvención máxima de 3.000 euros. Si el número de socios está entre 51 y 75, la subvención máxima será de 4.500 euros. Y, por último, si la asociación tiene más de 75 socios la subvención será de 6.000 euros.
Además, estos importes se incrementarán en 10.000 euros para los gastos de personal en el caso de que la asociación lo solicite, siempre que el contrato sea a tiempo completo. Y en el supuesto de que la persona objeto de contratación sea una mujer, este importe será de 13.000 euros. Si no es a tiempo completo este importe se reducirá proporcionalmente en función del número de horas de la jornada de trabajo establecida.
REQUISITOS Y BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de las ayudas serán las asociaciones del sector comercio que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y que desarrollen su actividad en la región.
Además, el 50% de los socios tiene que estar encuadrado en los epígrafes 64 y 65 del Impuesto de Actividades Económicas.
Este porcentaje mínimo será del 40% siempre y cuando las asociaciones de comerciantes tengan al menos 100 socios.
Otro de los requisitos es que más del 80% de los socios tengan la categoría de pequeña y mediana empresa, que tengan al menos 40 socios y que estén inscritos en el Registro de Asociaciones de Extremadura con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será del 16 de enero al 17 de febrero de 2025.
Las solicitudes se pueden presentar a través del Punto de Acceso General Electrónico en https://www.juntaex.es/w/0711624.