La Junta aprueba el nuevo Plan General de Inspección de los Servicios Sociales para los años 2025 – 2027

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha aprobado, como publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el nuevo Plan General de Inspección de los Servicios Sociales para los años 2025, 2026 y 2027, que contempla actuaciones presenciales y no presenciales en todos los sectores de servicios sociales, con especial incidencia en centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad.

Este nuevo plan nace con una doble vocación, por un lado, convertirse en el instrumento de supervisión, control y comprobación del cumplimiento de la normativa vigente en materia de servicios sociales y por otro, servir de instrumento de orientación en pro de la mejora de la atención asistencial que deben recibir las personas usuarias del sistema, desde un enfoque que parta del modelo de atención integral centrada en la persona, de desarrollo positivo y de efectiva participación de la persona en el proceso de atención.

El nuevo Plan General de Inspección (PGI) se caracteriza, además, por sistematizar y exponer de una forma más sencilla y precisa en qué consiste la labor de la Inspección de Servicios Sociales, cómo se estructura la misma, cuales son sus fines, cómo pueden ser sus actuaciones y determinar sus principios inspiradores.

Además del articulado de la orden, el nuevo plan 2025-2027 contiene dos anexos. El primero, en el que se contiene el texto del nuevo plan y un anexo II, en el que se contienen los indicadores de evaluación del mismo, que se incluye por primera vez en la orden reguladora de dicho PGI.

La Inspección de Servicios Sociales es el órgano competente para desarrollar la función inspectora en materia de servicios sociales y el Plan General de Inspección es el instrumento de planificación de la actividad de inspección de carácter ordinario.

El nuevo Plan General de Inspección descansa sobre tres ejes fundamentales que lo vertebran y dan coherencia, y de los que nacen sus objetivos estratégicos: el sistema público de servicios sociales, las personas usuarias y el personal inspector. Para ello, se estructura en cuatro objetivos estratégicos, seis líneas de actuación, 18 objetivos operativos, 33 acciones y 76 indicadores de evaluación, existiendo correspondencia entre todos ellos.

El Plan General de Inspección permite, asimismo, establecer un marco común de trabajo para las inspecciones provinciales, determinando criterios homogéneos a través de las instrucciones anuales. La homogeneización de los procedimientos en todo el territorio aporta valor a las distintas inspecciones provinciales y seguridad a las personas usuarias y entidades de centros y servicios. La formación permanente del personal inspector y la perspectiva de género a lo largo de todo el plan son dos de los aspectos tenidos en cuenta.

Cabe destacar la recuperación del sistema de las autodeclaraciones relativas a los centros de servicios sociales. Este instrumento supone que, con carácter anual, durante la vigencia del Plan las entidades titulares de centros deberán presentar una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos. Retomar este sistema de las autodeclaraciones viene a suponer que las entidades llevan a cabo un autochequeo de sus propios centros, lo que contribuirá a un mejor conocimiento y cumplimiento de los requisitos que deben reunir de conformidad con la normativa vigente.

En cuanto a los objetivos estratégicos del plan, el primero de ellos garantiza los derechos de las personas usuarias de centros, servicios y prestaciones sociales para que reciban un trato digno y una atención integral, individualizada y acorde a sus necesidades. El segundo objetivo asegura el cumplimiento de los requisitos materiales, funcionales y de calidad, por parte de los centros y servicios, respecto a la normativa vigente y a los acuerdos contractuales, aplicables en su caso. El tercero se ocupará de detectar necesidades y demandas de mejora en los centros y servicios y prestar asesoramiento. Finalmente, el cuarto objetivo contempla impulsar la proyección de la Inspección de Servicios Sociales como instrumento garante del buen funcionamiento de los servicios sociales.

El Plan de Inspección de los Servicios Sociales contempla en su ámbito de actuación los centros para personas mayores, personas con discapacidad, de enfermedad mental, centros de servicios sociales comunitarios, centros para personas en situación o riesgo de exclusión social, centros de infancia y adolescencia y para víctimas de violencia de género. Asimismo, recoge actuaciones inspectoras en prestaciones económicas y en contratos de servicios.

En cuanto a su duración, se ha estimado conveniente mantener su vigencia durante tres años, aumentando en uno el período que se venía estableciendo en planes anteriores, dotándolo así de mayor estabilidad temporal para realizar las actuaciones de control y asesoramiento previstos, y contar con un horizonte a medio plazo más lejano que permita valorar la consolidación de los cambios introducidos

Al finalizar cada uno de los años de vigencia del plan, se realizará una memoria donde se evalúe y valore cuantitativa y cualitativamente el grado de cumplimiento de las líneas de actuación, los objetivos previstos y las actuaciones inspectoras realizadas.

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