Abierto hasta el día 19 el plazo para solicitar subvenciones individuales para mayores y personas con discapacidad

Serán tramitadas por los Servicios Sociales municipales en el centro Los Colonos de Puebla de Vícar y La gangosa

Vícar, 9 de junio de 2025: El alcalde de Vicar, Antonio Bonilla, ha informado que se encuentra abierto el plazo de solicitudes para acceder a las subvenciones individuales para personas mayores y con discapacidad destinadas para estos colectivos que concede cada año la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía. Un plazo que concluye el próximo día 19 y para el que los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Vícar presta asesoramiento y colabora en su tramitación.

Para recoger el impreso de solicitud, los interesados podrán personarse en las dependencias municipales de Servicios Sociales, tanto en el Centro Social de La Gangosa como en Los Colones, de Puebla de Vícar,  de 9 a 14 horas. Una vez dispongan del impreso se les indicará el proceso a seguir para rellenar la solicitud, así como los requisitos necesarios para su tramitación que correrán a cargo de los propios Servicios Sociales Comunitarios. No obstante, las personas interesadas que estén en posesión del certificado electrónico, podrán solicitar dichas ayudas a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía.

Las subvenciones individuales van destinadas a la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales a personas mayores de 65 años. Por su parte,  la Línea 2 a la adaptación de vehículos a motor para personas con discapacidad, así como para la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, o la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS. También son subvencionables los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.  

Los requisitos para tener acceso a estas ayudas son ser vecino de algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tener cumplidos 65 años, certificado de empadronamiento, no superar 1,25 veces el IPREM, (Renta per cápita de la Unidad Económica Familiar), disponer de presupuesto o factura del gasto con fecha comprendida entre el 15 de agosto de 2024 hasta el 19 de julio de 2025, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y Seguridad Social, no haber obtenido la condición de persona beneficiaria definitiva por el mismo concepto en la convocatoria de 2024.

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