El Cabildo licita el suministro de dispositivos de seguridad pasiva para rescate en la costa

9 junio, 2025

El plazo para presentar ofertas concluye a medianoche del día 23 de junio

El valor de licitación es de 299.902,71 euros y es parte del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino ‘Fuerte Por Naturaleza’, financiado con fondos Next Generation de la UE

Marlene Figueroa: “Mejorar las condiciones de seguridad y servicios en las playas equivale a ofrecer mayor calidad y distinguirnos como destino turístico”

El Cabildo de Fuerteventura, a través de la Consejería de Turismo, ha sacado a licitación “Contratación suministro e instalación de dispositivos de seguridad pasiva automatizados para el rescate basados en energía sostenible”. El valor de licitación es de 299.902,71 euros y es parte del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino ‘Fuerte Por Naturaleza’, financiado con fondos Next Generation de la UE. Las ofertas deberán presentarse antes de la medianoche del 23 de junio, en https://sede.cabildofuer.es/eAdmin/PerfilContratante.do?action=verPublicacion&identif=A31DFC09415A8D47.

La consejera de Turismo, Marlene Figueroa, explica que “mejorar las condiciones de seguridad y servicios en las playas equivale a ofrecer mayor calidad y distinguirnos como destino turístico”.

La consejera de Emergencias, Lolina Negrín, destaca esta “oportuna inversión en seguridad en playas con un componente tecnológico e innovador muy necesario para salvar vidas”.

Por tanto, se opta por la adquisición de dispositivos de seguridad pasiva que permitan a cualquier usuario, profesional o no, realizar un rescate de una o varias personas en peligro de ahogamiento, asegurando su vuelta a la orilla de manera segura, así como su instalación en los puntos costeros que el órgano de contratación estime adecuado, así como su mantenimiento.

Los requisitos de los dispositivos de seguridad pasiva, son:

– Siempre disponible, esto es, todos los días del año en todo momento, de manera independiente a la temporada turística o a los horarios y calendarios de los distintos equipos de Salvamento y Socorrismo designados por los municipios.

– El dispositivo ha de proporcionar una línea de vida que se utilizará para la vuelta segura a la orilla de rescatista y víctima/s.

– La solución debe reducir el tiempo de rescate y el minimizar el esfuerzo para el rescatista.

– El dispositivo permitirá realizar rescates en un radio de al menos hasta 200 metros desde la ubicación del dispositivo.

– El mecanismo ha de ser fácilmente movible, de acuerdo con el Artículo 110 del

Reglamento de Costas (Real Decreto 876/2014).

– La solución ha de usar únicamente energía limpia (de preferencia solar) para su abastecimiento y poder aguantar hasta 5 días sin sol.

– Ha de estar equipado con diagramas visuales en los que se explique clara y fácilmente cómo funciona el dispositivo, de manera que cualquier usuario, independientemente de su lengua materna, pueda interpretarlo y utilizarlo.

– Ha de estar equipado con la tecnología suficiente para poder ser monitorizados todos sus componentes, pudiendo vigilar su funcionalidad desde una Central inteligente, así como tener la capacidad de recibir y enviar datos sencillos. Esta central podrá ser consultada tanto desde dispositivos fijos (tales como ordenadores personales, portátiles, etc.) como móviles (teléfonos móviles, tablets, etc.).

– En el supuesto de que se produzca un rescate, el dispositivo ha de ser capaz de realizar una llamada automática al Centro de Coordinación de Emergencias y Seguridad (CECOES,1-1-2) y a los servicios autonómicos/municipales que se designen.

– El Cabildo de Fuerteventura está comprometido con el desarrollo de la Isla como Destino Turístico Inteligente. En consecuencia, la solución designada ha de estar incluida en la última versión vigente del Directorio de Soluciones Tecnológicas para Destinos Turísticos Inteligentes que anualmente publica la red de Destinos Turísticos Inteligentes, dependientes de la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, S.A.M.P (SEGITTUR).

– Se debe poder identificar el dispositivo como mínimo a 150 m. de distancia, pero, a la vez, de acuerdo con las buenas prácticas de paisajismo y ordenación del territorio, el dispositivo una vez instalado ha de ser visualmente amable de manera que, en lugar de generar un impacto visual en el entorno, genere atractivo para vecinos y bañistas.