UNICEF presenta el ‘Atlas sociolingüístico de pueblos indígenas en América Latina’

UNICEF, la Fundación para la Educación en Contextos de Multilingüismo y Pluriculturalidad (FUNPROEIB Andes) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) presentan el Atlas sociolingüístico de pueblos indígenas en América Latina. El principal objetivo de esta publicación es poner de manifiesto la diversidad étnica, cultural y lingüística de la región.

La publicación contiene información de 21
países
y la descripción de 522 pueblos indígenas
en América Latina
, lo que la convierte en unvalioso instrumento para el diseño e implementación de
políticas públicas que tengan en cuenta la riqueza y la complejidad
sociolingüística
.

Los datos cualitativos y cuantitativos de la publicación
orientarán a planificadores gubernamentales y a organizaciones
internacionales que trabajen con poblaciones indígenas. De esta
manera, se logrará un desarrollo más eficaz de,
entre otras, políticas educativas y sanitarias.
Además, la publicación será un instrumento central en la
planificación para lograr una plena Educación Intercultural y
Bilingüe (EIB).

Esta iniciativa se enmarca dentro del Programa Regional
sobre Derechos de la Niñez y Adolescencia Indígena en América
Latina
, desarrollado desde 2006 por UNICEF con el apoyo
financiero de la AECID. El objetivo fundamental de este programa es
que todos los actores sociales respeten los derechos de la infancia
y la adolescencia indígena y los tengan en cuenta en los modelos de
desarrollo a nivel regional, subregional, nacional y local.

Convención sobre los Derechos del Niño

En la Convención sobre los Derechos del Niño,
que es el instrumento jurídico internacional más ampliamente
ratificado, y mandato para UNICEF, se incluye un artículo
específico relativo a la EIB
, que establece:

«En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o
lingüísticas o personas de origen indígena, no se negará a un niño
que pertenezca a tales minorías o que sea indígena el derecho que
le corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a
tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia
religión, o a emplear su propio idioma…”

La Convención establece, además, una amplia gama de
disposiciones que abarcan derechos y libertades civiles, el entorno
familiar, la salud básica y el bienestar, la educación, la
recreación, las actividades culturales y las medidas especiales
necesarias para la protección de todos los niños y niñas sin
discriminación.

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