El ICIB ha publicado este sábado una nueva convocatoria de ayudas en apoyo a los proyectos culturales del archipiélago. Una propuesta reformulada que, fruto de las múltiples reuniones mantenidas entre la entidad y los representantes sectoriales, presenta una serie de significativas novedades respecto a las bases del curso anterior. En conjunto, con el objetivo de dar respuesta a las cambiantes necesidades de una industria en constante evolución.

De nuevo con un crédito total de 575.000 euros, el ICIB continuará potenciando el desarrollo cultural en el marco de las artes escénicas, la música, las artes visuales, el mundo editorial y el pódcast. Pero, mientras que en la penúltima de las citadas especialidades se incluirán este año los juegos de mesa, en la última se contemplará también la incorporación de los videopódcasts. Dos actualizaciones que, además, se suman a la creación de una sexta modalidad, la de programación cultural, a través de la cual se potenciará la oferta escénica y musical en todo el territorio autonómico.

«El objetivo del ICIB es adaptar la convocatoria a las exigencias actuales del sector», ha expuesto en este sentido la máxima responsable de esta entidad, Diana de la Cuadra, quien también ha destacado la importancia del videopódcast como «una de las grandes plataformas culturales de la modernidad». Todo ello, afirmando que la modalidad de programación cultural «servirá para multiplicar la presencia de artistas locales sobre los escenarios del territorio».

Es relevante recalcar que, más allá de las novedades ya mencionadas, los diferentes agentes del sector podrán disponer de esta ayuda para financiar la producción y reposición de espectáculos escénicos; la producción, reedición y remasterización de propuestas musicales; la realización de proyectos expositivos de artes plásticas y visuales; o la edición, tanto en formato físico como digital, de libros y audiolibros. Asimismo, cabe señalar que el plazo para presentar las solicitudes de esta convocatoria es de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB.

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