III Protocolo de la Convención: los niños ya pueden denunciar la violación de sus derechos ante la ONU
Ya está en vigor el III Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
Esto significa
que los niños, niñas y adolescentes pueden
presentar denuncias individuales al Comité de
Derechos del Niño si sufren unavulneración de sus derechos y han
agotado las vías legales en su país de origen.
Así se pueden detectar las lagunas en los
sistemas judiciales nacionales en relación a los menores de edad, y
se da apoyo a las instituciones independientes de derechos humanos
de la infancia.
¿Cómo se presenta una denuncia?
Cuando un niño o un adolescente sufre la vulneración de alguno
de sus derechos por parte del Estado puededenunciarlo a través de dosvías:
- Procedimiento de comunicaciones: los menores o
sus representantes pueden dencunciar la violación de sus
derechos ante el Comité de los Derechos del Niño de las
Naciones Unidas, si es que no ha quedado resuelta en los tribunales
nacionales.
Pueden presentar quejas sobre violaciones de sus derechos
incluidos en el Protocolo
Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución
infantil y la utilización de niños en la pornografía, y elProtocolo
Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos
armados, siempre que el Estado haya ratificado el III
Protocolo.
- Procedimiento de investigación: aplicable en
el caso de violaciones de derechos del niño graves
o sistemáticas. La denuncia puede ser presentada
por cualquier persona o entidad, pública o privada, siempre que el
Estado en cuestión haya ratificado el III Protocolo Facultativo de
la CDN y haya aceptado el procedimiento de investigación; y cuando
las violaciones afecten a derechos previstos en la CDN o algunos de
sus otros dos Protocolos Facultativos ratificados por el Estado en
cuestión.
Esto supone que los niños cuentan con un
instrumento de Derecho Internacional, igual que el de los adultos,
para denunciar violaciones graves comoviolencia, explotación odiscriminación.
Asimismo existe un procedimiento de comunicaciones entre Estados
por medio del cual un Gobierno puede presentar denuncias ante otro
que no cumpla con sus obligaciones de garantizar los derechos de la
infancia.
Cuando el Comité considera que la información recibida es
fidedigna puede iniciar una investigación; si determina que se ha
cometido una violación emitirá algunasrecomendaciones al Estado: rehabilitación,
reparación, compensación económica o garantías de que no volverán a
repetirse los hechos, entre otras posibles soluciones.
El III Protocolo en España
España firmó el III Protocoloel 28 de febrero de 2012, ratificado el 3 de junio
de 2013. Ahora ha entrado en vigor en nuestro país
y en el resto de Estados que lo han ratificado.
Con este instrumento España se compromete aaplicar mejor la Convención sobre los Derechos del Niño y
sus Protocolos Facultativos.
Los países que forman parte de la CDN no están obligados a
ratificar el Protocolo, que hasta el momento ha sido ratificado por
el mínimo necesario para que el tratado sea de aplicación en las
legislaciones nacionales. El objetivo es lograr la plena
ratificación.
La CDN era el único gran tratado internacional sobre derechos
humanos que no disponía de un procedimiento de denuncia. Cuando no
se protegen los derechos de manera adecuada a nivel nacional, es
importante contar con un sistema a nivel internacional para
garantizar la protección jurídica de las víctimas ante la
vulneración de sus derechos.